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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE JUSTICIA

Resolución 329/2024

RESOL-2024-329-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2024

VISTO el Expediente EX-2024-91804605-APN-DGDYD#MJ, la Ley N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, la Ley N° 27.508, su Decreto Reglamentario N° 844 del 6 de diciembre de 2019, y la Resolución RESOL-2021-1473-APN-MJ del 21 de octubre de 2021,

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas N° 26.364 tiene por objeto implementar medidas destinadas a prevenir y sancionar la trata de personas, y asistir y proteger a sus víctimas.

Que el artículo 1° de la Ley N° 27.508 dispuso la creación del Fondo Fiduciario Público denominado “Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata - ley 26.364”, conformado como un fideicomiso de administración destinado a la asistencia directa a víctimas del delito de trata y explotación de personas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley de PREVENCION Y SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS N° 26.364.

Que “BICE FIDEICOMISOS S.A.”, en su carácter de Fiduciario, de conformidad con lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 27.508 y del artículo 2° de la reglamentación aprobada por el Decreto N° 844/19, es el encargado de administrar el referido Fondo Fiduciario, de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Fiduciante a través de la Unidad Ejecutiva.

Que el artículo 2° del citado Decreto designó al ex MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS como la autoridad de aplicación de dicha reglamentación, y en concordancia con lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 27.508, es la autoridad de aplicación, y/o quien ésta designe en su reemplazo, quien aprobará el Contrato de Fideicomiso.

Que por Resolución RESOL-2021-1473-APN-MJ del 21 de octubre de 2021 se aprobó el texto del “Contrato de Fideicomiso de Administración. Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata. Ley N°. 26.354” a celebrarse entre el entonces MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y “BICE FIDEICOMISOS S.A”

Que a fin de garantizar una reparación económica efectiva y oportuna a las víctimas, resulta necesario implementar herramientas que optimicen la gestión del Fondo de Asistencia, agilizando los procesos y reduciendo los plazos de asistencia.

Que en este sentido los honorarios de “BICE FIDEICOMISOS S.A” previstos originalmente no resultan sustentables en razón de la dinámica financiera propia del referido Fondo Fiduciario.

Que, en virtud de las razones expuestas y como resultado de las negociaciones mantenidas con “BICE FIDEICOMISOS S.A.” (cf. IF-2024-104748699-APN-SSPC#MJ), se ha resuelto modificar el contrato de administración y mantenimiento de las cuentas fiduciarias mediante la suscripción de una adenda, la cual establece el nuevo monto de los honorarios mensuales.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 844/19.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el texto de la “ADENDA AL CONTRATO DE FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN. FONDO DE ASISTENCIA DIRECTA A VÍCTIMAS DE TRATA – LEY N° 26.364” a celebrarse entre el MINISTERIO DE JUSTICIA y “BICE FIDEICOMISOS S.A.” identificado como Anexo IF-2024-96309534-APN-SSPC#MJ.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariano Cúneo Libarona

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/10/2024 N° 73832/24 v. 18/10/2024

Fecha de publicación 18/10/2024