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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

Resolución 81/2024

RESOL-2024-81-APN-SEGEMAR#MEC

Villa Maipú, Buenos Aires, 15/10/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-96823605- -APN-SEGEMAR#MEC, las Leyes Nros. 25.164 Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, los Decretos Nros. 660 de fecha 24 de junio de 1996, 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y 508 de fecha 6 de junio de 2024; la Decisión Administrativa N° 5 de fecha 11 de enero de 2024 y la Resolución N° 3 de fecha 20 de junio de 2001 de la ex SECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 660 de fecha 24 de junio de 1996 se creó el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).

Que posteriormente, mediante el dictado del Decreto N° 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del SEGEMAR.

Que por la Resolución N° 3 de fecha 20 de junio de 2001 de la ex SECRETARÍA PARA LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se homologó el Nomenclador de Funciones Ejecutivas en el ámbito del SEGEMAR.

Que el Artículo 5° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, determina que en el caso de los organismos descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de creación o en normas especiales, mantienen la facultad de disponer asignaciones transitorias en sus respectivas jurisdicciones.

Que al 1 de septiembre de 2024 el cargo de Subdirector/a del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales dependiente de la Dirección del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales (CIDEMAT) del Instituto de Tecnología Minera (INTEMIN) del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, se encuentra vacante y financiado.

Que, atento a la particular naturaleza de las acciones asignadas al mencionado cargo, y con el objeto de asegurar el correcto funcionamiento de este organismo, es imprescindible proceder a la asignación de dichas funciones con carácter transitorio, hasta tanto se designe a la o el titular del mismo, mediante una subrogancia en el cargo y en los términos de lo dispuesto por el “TÍTULO X.- DE LAS SUBROGANCIAS” del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P), homologado por el Decreto N° 2.098 fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que mediante el Título X del citado Convenio, se estableció el régimen aplicable a la asignación transitoria de funciones ejecutivas.

Que de conformidad con el Artículo 108 de dicho Convenio, la asignación transitoria de funciones ejecutivas recaerá en el personal que reviste la calidad de permanente, por alguna de las causales allí previstas y siempre que el período a cubrir sea superior a TREINTA (30) días corridos, encontrándose en el presente caso, configurado el supuesto previsto en el Apartado a) del mismo, toda vez que el cargo se encuentre vacante.

Que el Artículo 109 del indicado Convenio Colectivo Sectorial, establece que el personal subrogante percibirá la Asignación Básica de Nivel Escalafonario y los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista con más los suplementos correspondientes al cargo subrogado y, en el supuesto que el Nivel Escalafonario del cargo subrogado fuese superior al Nivel Escalafonario del agente subrogante, éste percibirá la Asignación Básica del nivel superior, teniendo en cuenta lo indicado en el párrafo precedente respecto de los Adicionales y Suplementos.

Que el mismo artículo establece que, lo previsto precedentemente, será de aplicación mientras se encuentre vigente la asignación transitoria de funciones superiores que dio origen a la percepción.

Que por las presentes actuaciones se tramita la asignación con carácter transitorio de la función de Subdirector del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales dependiente de la Dirección del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales del Instituto de Tecnología Minera -INTEMIN- del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, organismo científico técnico descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al Geólogo Néstor Rolando CABRERA (D.N.I. N° 21.665.577), quien reviste un cargo perteneciente a la planta permanente del SEGEMAR, Nivel B, Grado 7, Tramo General del Agrupamiento Científico Técnico con Suplemento por Función Específica del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), quien cumple con el perfil requerido para el puesto propuesto.

Que la presente medida se promueve con el objeto de garantizar el eficiente funcionamiento y el normal desenvolvimiento del organismo, asegurando, de este modo, el cumplimiento de sus acciones.

Que la Dirección de Interpretación y Asistencia Normativa y la Oficina Nacional de Empleo Público del MINISTERIO DE DESRREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado intervención a través del Dictamen Firma Conjunta N° IF-2024-104092380-APN-ONEP#MDYTE.

Que la Dirección de Administración del SEGEMAR, ha tomado la debida intervención, informando sobre la existencia de crédito presupuestario para atender el gasto de la subrogancia en trámite.

Que la Asesoría Legal del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios y 508 de fecha 6 de junio de 2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por asignada transitoriamente, desde el 1 de septiembre de 2024, la función de Subdirector del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales dependiente de la Dirección del Centro de Investigación y Desarrollo de Materiales (CIDEMAT) del Instituto de Tecnología Minera (INTEMIN) del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), organismo científico técnico descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al Geólogo Néstor Rolando CABRERA (D.N.I. N° 21.665.577), quien revista en un cargo perteneciente a la planta permanente del SEGEMAR, Nivel B, Grado 7, Tramo General, Agrupamiento Científico Técnico con Función Específica, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y de conformidad con lo dispuesto en el Título X del referido ordenamiento.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el agente mencionado percibirá, mientras permanezca en el ejercicio del cargo subrogado indicado en el Artículo 1° de la presente Resolución, la Asignación Básica de Nivel Escalafonario con los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV conforme lo preceptuado en el Artículo 109 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SI.N.E.P.

ARTÍCULO 3°.- Limítase el pago del Suplemento por Función Específica al agente Néstor Rolando CABRERA (D.N.I. N° 21.665.577) mientras permanezca en el ejercicio del cargo subrogado indicado en el Artículo 1° del presente acto administrativo, por ser incompatible con la percepción del Suplemento por Función Ejecutiva de acuerdo a lo establecido por el Artículo 94 del Convenio citado precedentemente.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida se extenderá hasta tanto se instrumente la cobertura definitiva del cargo en cuestión, con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SI.N.E.P.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente medida, será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el Ejercicio 2024 de la JURISDICCIÓN 50 (MINISTERIO DE ECONOMÍA) SAF 624 (SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO).

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Matteo Bruna Novillo

e. 22/10/2024 N° 73649/24 v. 22/10/2024

Fecha de publicación 22/10/2024