ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (art.42 del DEC.1759/72)
Notifíquese al señor Mario Agustín ECHEVERRÍA (C.U.I.T. N° 20-07318525-5) que en el expediente EX-2023-23011563-APN-SDYME#ENACOM se ha dictado la resolución RESOL-2024-824-APNENACOM#JGM, de fecha 24/09/2024, que en su parte resolutiva dice:
“ARTÍCULO 1º.- Aplícase al señor Mario Agustín ECHEVERRÍA (C.U.I.T. N° 20-07318525-5), titular de la licencia del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva “LRF383” que opera bajo la denominación de “FM CROMOS”, en la frecuencia 90.5 MHz., desde la ciudad de RIO GALLEGOS, provincia de SANTA CRUZ, una sanción de MULTA (Artículo 6° del Anexo I de la Resolución N° 661-AFSCA/14, modificado por la RESOL-2022-589- APN-ENACOM#JGM) cuyo monto asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), por haber generado, con fecha 13 de abril de 2023, emisiones no esenciales en la frecuencia de 128,120 MHz, dentro de la banda atribuida al Servicio Móvil Aeronáutico (117,975 a 136,000 MHz), causando interferencia perjudicial, en infracción al Artículo 104 inciso c) de la Ley Nº 26.522. ARTÍCULO 2°.- El sancionado deberá hacer efectivo el pago del monto de la multa aplicada en el Artículo 1°, dentro de los DIEZ (10) días hábiles a contar desde la notificación de la presente. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al señor Mario Agustín ECHEVERRÍA (C.U.I.T. N° 20-07318525-5), comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN, al ÁREA AUTORIZACIONES Y LICENCIAS y a la SUBDIRECCIÓN DE OBLIGACIONES DE PAGO Y ADMINISTRACIÓN DE COBRANZAS, y cumplido, archívese.” Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 29/10/2024 N° 76725/24 v. 31/10/2024
Fecha de publicación 31/10/2024