INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
Resolución 60/2024
RESOL-2024-60-APN-INAI#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2024
VISTO, el EX-2024-65732858-APN-INAI#MI, la ley 23302, las Resoluciones INAI Nº 624/08, Nº 737/14, N° 476/11 y RESOL-2023-347-APNINAI#MJ, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 23.302 de fecha 12 de noviembre del año 1985 crea en su artículo 5 el INSTITUTTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS (INAI) como entidad descentralizada con participación indígena como organismo de aplicación de la presente ley.
Que la ley citada en el considerando anterior declara en su Artículo 1 “…de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultura de la Nación…”
Que por Resolución INAI Nº 624/08,de fecha 12 de noviembre de 2008, se establece el Consejo de Participación Indígena (CPI) en la órbita del INAI, con el objeto de garantizar a los Pueblos Indígenas su participación y consulta en las políticas públicas y demás intereses que los afectan.
Que por Resolución INAI Nº 737/14 de fecha 5 de agosto del año 2014, se aprobó la normativa para el Reglamento de Funcionamiento del CPI del INAI.
Que los Representantes del CPI, Sr. OSVALDO ARAYA, DNI.: 26.715.763 y el Sr. LEONARDO RAUL SARAVIA, DNI.: 21.311.737, del Pueblo CHANE de la Provincia de SALTA fueron incorporados al CPI por medio de la Resolución INAI N° 476/2011 de fecha 31 de julio del año 2011.
Que el Reglamento de Funcionamiento del CPI establece en su Artículo 6 que duración de los mandatos de representación es de 3 años y teniendo en cuenta que cobraron vigencia el día 31 de julio del año 2011, los mismos se encuentran vencidos.
Que, por lo expresado en el considerando anterior, el INAI procedió a dictar diferentes resoluciones que fueron prorrogando el mandato siendo la última la resolución RESOL-2023-347-APN-INAI#MJ, por medio de la cual se prorrogó la duración de los mandatos hasta el 31 de diciembre del año 2024 o hasta tanto se renueve la representacion.
Que a efectos de responder a la necesidad de renovar los representantes al CPI de las comunidades indígenas del Pueblo CHANE de la provincia de SALTA se han realizado Asambleas Comunitarias con la finalidad de elegir los nuevos representantes.
Que, como resultado de la Asamblea Comunitaria, se han designado como nuevas representantes a la Sra. ARAYA ROSA ANABEL, DNI.: 36.621.846 y a la Sra. ARAZARI SONIA, DNI.: 32.434.633. por tres años a partir del dia 6 de agosto del 2024.
Que, por lo tanto, es necesario realizar el acto administrativo que reconozca formalmente la incorporación de las nuevas representantes del pueblo CHANE de la Provincia de SALTA ante el CPI del INAI.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INAI ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente de conformidad con las facultades emergentes de la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario N° 155/89, y el Decreto Nº 308/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDIGENAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Reconózcase como representantes por el pueblo CHANE, de la Provincia de SALTA en el CPI del INAI a las siguientes personas: Sra. ARAYA ROSA ANABEL, DNI.: 36.621.846 y a la Sra. ARAZARI SONIA DNI.: 32.434.633, por tres años a partir del dia 6 de agosto del 2024.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Bernardo Avruj
e. 01/11/2024 N° 77915/24 v. 01/11/2024
Fecha de publicación 01/11/2024