Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 891/2024

Resolución RESOL-2024-891-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1963

Expediente EX-2023-112263464-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 31 de OCTUBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente, a requerimiento de MSU GREEN ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA (MSU GREEN ENERGY S.A.), de los Parques Solares Fotovoltaicos (PSFV) Villa Ángela II de 9 MW, Villa Ángela III de 10 MW, Villa Ángela IV de 11 MW y Villa Ángela V de 30 MW, totalizando 60 MW, ubicados en el Departamento Mayor Luis Jorge Fontana, Provincia del CHACO, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) seccionando la Línea de Alta Tensión (LAT) de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Chaco - Villa Ángela, jurisdicción de la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP), quien actuará en calidad de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1 y se informará en el Registro Informativo de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente de la página web del ENRE. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y SECHEEP, conforme indican sus respectivas presentaciones y anexos, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 6.- Notifíquese a CAMMESA, a MSU GREEN ENERGY S.A. y SECHEEP. 7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 04/11/2024 N° 78310/24 v. 04/11/2024

Fecha de publicación 04/11/2024