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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO SECRETARÍA DE CULTO Y CIVILIZACIÓN

Resolución 78/2024

RESOL-2024-78-APN-SCYC#MRE

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2024

VISTO el Expediente electrónico EX-2024-85540821-APN-DGD#MRE del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, la Ley N° 24.483 y su Decreto Reglamentario N° 491 de fecha 21 de septiembre de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que “HIJAS DE LA SAGRADA FAMILIA” es una Asociación Pública de Fieles de Derecho Diocesano con vistas a ser Instituto religioso y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ROMANA conforme las normas del Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, decreto de erección, y memoria debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica competente.

Que conforme lo prescriben los Artículos 4° de la Ley N° 24.483 y 1° del Decreto N° 1092/97, las personas jurídicas comprendidas en el régimen de la ley citada serán consideradas a todos los efectos entidades de bien público y beneficiarias del tratamiento dispensado por el Artículo 26, inciso e)de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019).

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la debida intervención en virtud de lo establecido en el artículo 7° inciso d) de la Ley N° 19.549 de Procedimiento Administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto N° 491/95 y el Anexo II del Decreto N° 50/2019.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO Y CIVILIZACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Reconócese como persona jurídica a la Asociación Publica de Fieles de Derecho Diocesano “HIJAS DE DE LA SAGRADA FAMILIA” con sede legal en la calle Buenos Aires N° 1956, localidad de San Rafael, PROVINCIA DE MENDOZA, y domicilio especial en la calle Hipólito Yrigoyen N° 1534 Piso 12 departamento “A”, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número CUATROCIENTOS SIETE (407) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

ARTÍCULO 2°.- Reconocer a dicha Asociación el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber que la referida persona jurídica se encuentra beneficiada por el tratamiento dispensado por el Artículo 26 inciso e) de la Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado en 2019), conforme el Decreto N° 824/2019.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Nahuel Sotelo Larcher

e. 13/11/2024 N° 80897/24 v. 13/11/2024

Fecha de publicación 13/11/2024