MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1216/2024
RESOL-2024-1216-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2024
VISTO el Expediente EX-2024-108623107- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FISCAL TEMÁTICA Nº 1, de San Carlos de Bariloche, Ministerio Público Fiscal de la PROVINCIA DE RIO NEGRO, a cargo del Doctor Gerardo MIRANDA, tramita el Legajo Nº MPF-BA-00630-2022, caratulado “UFT 1 S/ INVESTIGACIÓN FEMICIDIO (VTMA. EDUARDA SANTOS)”.
Que la mencionada UNIDAD FISCAL, solicitó a este Ministerio, mediante oficio del 27 de septiembre de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de Fernando ALVES FERREIRA quien se autopercibe como Amanda, DNI Nº 95.876.522, nacido en San Pablo Brasil el 22 de abril de 1994, con último domicilio registrado en calle Beethoven N° 290, a la altura del km. 25 de la Avenida Bustillo, San Carlos de Bariloche, Rio Negro.
Que el nombrado fue condenado por un jurado popular en junio de 2023, a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido con un arma de fuego y con alevosía, en concurso real con portación de arma de fuego de uso civil condicional (art. 41 bis, 45, 55, 80 inc. 2, 189 bis 7mo párrafo, del C.P.; 202, 205 y 206 del C.P.P.).
Que el 6 de agosto de 2024, ALVES FERREIRA se fugó del Establecimiento de Ejecución Penal Nº III ubicado en calle Beschedt N° 1190, ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Rio Negro. En consecuencia, el 19 de agosto de 2024 se ordenó el pedido de captura nacional e internacional.
Que el condenado posee las siguientes características físicas: Pelo negro, barba corta tipo candado y los siguientes tatuajes: el número “11/11” en el pectoral derecho, un crucifijo con cadena en el cuello, la fecha “11/03/17” y las siglas “W. R” en el pectoral izquierdo, la palabra “Otto” en la clavícula derecha, la palabra “Muri” en la clavícula izquierda, y la frase “E preciso amor pro poder pulsar” en el centro del pecho.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Fernando ALVES FERREIRA quien se autopercibe como Amanda, DNI Nº 95.876.522, nacido en San Pablo Brasil el 22 de abril de 1994, con último domicilio registrado en calle Beethoven N° 290, a la altura del km. 25 de la Avenida Bustillo, San Carlos de Bariloche, Rio Negro, sobre quien pesa orden de captura nacional e internacional, desde el 19 de agosto de 2024.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Afiche de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2024-112510248-APN-DNNYRPJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/11/2024 N° 81791/24 v. 15/11/2024
Fecha de publicación 15/11/2024