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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 364/2024

RESFC-2024-364-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2024

VISTO el expediente EX-2024-110503272-APN-DM#INCUCAI, las disposiciones de la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, el Decreto Nº 16/2019, las Resoluciones INCUCAI Nros. 69 del 5 de abril de 2023 y 57 del 22 de febrero de 2024; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución INCUCAI N° 69/2024, se aprobó la etapa preliminar del proyecto denominado “MÁQUINAS DE PERFUSIÓN DE ÓRGANOS - IMPLEMENTACIÓN EN LA REPÚBLICA ARGENTINA”, con el objetivo de evaluar la factibilidad logística, seguridad y coordinación de los procesos involucrados, a cuyo efecto se autorizó la instalación de dos (2) máquinas de perfusión renal en el HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS COSME ARGERICH.

Que posteriormente, y a fin de dar inicio una nueva etapa vinculada a la optimización de la calidad y sostenibilidad de riñones perfundidos en máquinas de perfusión hipotérmicas, a través de la Resolución INCUCAI N° 57/2024 se aprobó el proyecto “MÁQUINAS DE PERFUSIÓN DE ÓRGANOS –IMPLEMENTACIÓN EN LA REPÚBLICA ARGENTINA - ETAPA 2”.

Que la DIRECCIÓN MÉDICA ha señalado que, considerando los resultados y objetivos alcanzados en ambas etapas, resulta propicio distribuir nuevas máquinas de perfusión renal en diferentes regiones del país, esta vez en el marco de un programa de alcance nacional, “estableciendo como parámetros de distribución la actividad de procuración desarrollada por la provincia seleccionada (tanto en donantes en muerte encefálica como en asistolia controlada), los programas de trasplantes en la zona definida como de alcance, y el efecto potencial de minimizar el descarte de riñones y así incrementar el uso de órganos de donantes con criterio expandido, mejorando la calidad de los mismos e incrementando el pool de riñones ofrecidos al sistema de donación para su implante”.

Que la DIRECCIÓN MÉDICA y DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de su competencia.

Que quienes suscriben la presente se encuentran facultados para resolver en esta instancia, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 57 de la Ley Nº 27.447, su Decreto reglamentario Nº 16/2019

Que la medida que se adopta ha sido aprobada por el DIRECTORIO en su sesión de fecha 15 de noviembre de 2024, conforme surge del texto del Acta Nº 42.

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el “PROGRAMA NACIONAL DE PERFUSIÓN RENAL”; cuyos ANEXOS I (IF-2024-123715721-APN-DM#INCUCAI); II (IF-2024-123716885-APN-DM#INCUCAI); III (IF-2024-123718173-APN-DM#INCUCAI), IV (IF-2024-123718841-APN-DM#INCUCAI); V (IF-2024-123719845-APN-DM#INCUCAI) y VI (IF-2024-123721340-APN-DM#INCUCAI), forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facultase a la DIRECCIÓN MÉDICA del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), a adoptar las medidas necesarias para el desarrollo, gestión y monitoreo del PROGRAMA aprobado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3°.- Deróguense las Resoluciones INCUCAI Nros. 69/2023 y 57/2024.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.

Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/11/2024 N° 82278/24 v. 19/11/2024

Fecha de publicación 19/11/2024