CONTRATOS
Decreto 1043/2024
DECTO-2024-1043-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-113795381-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público”, por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (USD 500.000.000).
Que los objetivos del Proyecto son mejorar la asequibilidad del transporte público automotor para poblaciones vulnerables en la REPÚBLICA ARGENTINA y la sostenibilidad del sistema de transporte público automotor en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Que el referido Proyecto prevé la ejecución de TRES (3) partes: (1) Programa de Tarifa Social y Sistema Integrado de Tarifas, (2) Fortalecimiento Institucional y (3) Gestión del Proyecto.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del Préstamo otorgado por el Banco serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, que actuará como área sustantiva con responsabilidad primaria en la materia, y de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, que actuará como responsable del área de coordinación administrativa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba ad-referendum de que el mentado proyecto resulte aprobado por el Directorio Ejecutivo del BIRF, el Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos competentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MILLONES (USD 500.000.000), destinado a financiar el “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público”, que obra como ANEXO I en idioma inglés y su traducción al idioma español (IF-2024-121864947-APN-SSRFI#MEC), ad referendum de que el mentado proyecto resulte aprobado por el Directorio Ejecutivo del BIRF. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida las “Condiciones Generales para el Financiamiento del BIRF: Financiamiento de Proyectos de Inversión” en idioma inglés y su traducción al idioma español y las “Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión”, que obran como ANEXO II (IF-2024-121865095-APN-SSRFI#MEC) y ANEXO III (IF-2024-121865314-APN-SSRFI#MEC), respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o los funcionarios que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo, conforme al Modelo que se aprueba por el artículo 1° del presente decreto, ad referendum de que el “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público” resulte aprobado por el Directorio Ejecutivo del BIRF.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o los funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público” al MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, que actuará como área sustantiva con responsabilidad primaria en la materia, y de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, que actuará como responsable del área de coordinación administrativa, quedando las mencionadas dependencias facultadas para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 9740-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2024 N° 84235/24 v. 25/11/2024
Fecha de publicación 25/11/2024