PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Decreto 1034/2024
DECTO-2024-1034-APN-PTE - Recházase recurso.
Ciudad de Buenos Aires, 22/11/2024
VISTO los Expedientes Nros. EX-2020-79037039-APN-DD#MS y EX-2019-55610315-APN-DCYCMS#MSYDS, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 y su modificatorio y las Decisiones Administrativas Nros. 1970 del 30 de octubre de 2020 y 922 del 17 de septiembre de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Decisión Administrativa N° 922/21 se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por la firma FLOOR CLEAN S.A. contra la Decisión Administrativa N° 1970/20.
Que corresponde destacar que por la citada Decisión Administrativa N° 1970/20, entre otros extremos: i) se aprobó la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD, actual MINISTERIO DE SALUD, llevada a cabo para la provisión del servicio de limpieza para la sede central y los edificios dependientes de esa cartera sanitaria, por el término de DOCE (12) meses con opción a prórroga, en función de lo solicitado por la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esa ex-Secretaría; ii) se adjudicó la misma a REX ARGENTINA S.A.; y iii) se desestimaron las ofertas presentadas por diversas firmas, entre las que se encuentra la mentada FLOOR CLEAN S.A., por presentar un error formal no subsanable en su cotización.
Que de acuerdo a lo informado por el MINISTERIO DE SALUD, la firma FLOOR CLEAN S.A. fue notificada del dictado de la referida Decisión Administrativa N° 922/21 el 22 de septiembre de 2021.
Que, en dicho marco, la firma FLOOR CLEAN S.A., el 16 de noviembre de 2020, efectuó una presentación, enderezada como recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, solicitando que se revoque la referida Decisión Administrativa N° 1970/20 por entender que la señalada licitación fue erróneamente adjudicada a una firma que, a su entender, no cumplía con los mínimos requisitos de seriedad y legalidad para siquiera ser considerada oferta apta para ser evaluada, por poseer incumplimientos fiscales.
Que, tal como se ha señalado, por la Decisión Administrativa N° 922/21 se rechazó el mentado recurso de reconsideración por considerarse que la situación de deudora tributaria de REX S.A., adjudicataria de la Licitación Pública N° 80-0015-LPU19, se encontraba regularizada el 6 de abril de 2020 -tal como surge de las constancias obrantes en las actuaciones citadas en segundo término en el Visto-, previo a la emisión del Dictamen de Evaluación.
Que la recurrente no ha hecho uso de su derecho de ampliar o mejorar los fundamentos del recurso oportunamente impetrado, no existiendo argumentos que permitan apartarse en esta instancia de lo decidido oportunamente mediante la referida Decisión Administrativa N° 922/21.
Que, en consecuencia, toda vez que no se han aportado elementos que permitan modificar el criterio sustentado en la referida Decisión Administrativa N° 922/21, se concluye que el acto atacado resulta ajustado a derecho, y corresponde por ello rechazar el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la firma FLOOR CLEAN S.A. contra la Decisión Administrativa N° 1970/20.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD.
Que asimismo ha tomado la intervención que le compete la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Recházase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la firma FLOOR CLEAN S.A. contra la Decisión Administrativa N° 1970 del 30 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 2°.- Hágase saber a la recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la instancia administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Mario Iván Lugones
e. 25/11/2024 N° 84130/24 v. 25/11/2024
Fecha de publicación 25/11/2024