ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 525/2024
RESOL-2024-525-APN-ANAC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2024
VISTO el expediente EX-2024-127511710- -APN-ANAC#MEC, los decretos 2.836 del 3 de agosto de 1971239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 606 del 11 de julio de 2024, las resoluciones 225 del de 2009, 447 del 2 de julio de 2019 (RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR) ambas de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 239 del 15 de marzo de 2007 se creó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), en el ámbito de la ex Secretaría de Transporte dependiente de le ex Secretaria de Transporte Aerocomercial del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (MPFIPYS), quien ejerce como organismo descentralizado, las funciones y competencias establecidas en la ley 17.285 (Código Aeronáutico), en los Tratados y Acuerdos Internacionales, leyes, decretos y disposiciones regulando la Aeronáutica Civil en la República Argentina.
Que por el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), de conformidad con el organigrama y responsabilidades primarias y acciones que se detallan en sus Anexos.
Que mediante la Resolución ANAC 225 del 4 de diciembre de 2009 se aprobaron las unidades de segundo y tercer nivel operativo correspondientes a la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Que por conducto de la resolución ANAC 447 del 2 de julio de 2019 (RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR), en su artículo 1° se delegó en el Director Nacional de la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) la competencia para emitir las habilitaciones y renovaciones de los Certificados de Explotadores de Trabajo Aéreo (CETA) conforme lo dispuesto por el decreto 2.836 del 3 de agosto de 1971.
Que mediante el decreto 606 de 11 de julio de 2024, se dispuso la intervención del organismo por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos.
Que resulta necesaria la abrogación de la mencionada resolución ANAC 447/2019 (RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR) encontrado sustento en el decreto citado en el considerando anterior precisamente en su artículo 4° en el punto b el cual indica : “(…)b. Evaluar la actual estructura de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL y determinar una reorganización funcional y operativa(…)”
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ), dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los decretos 1770 del 29 de noviembre de 2007 y 606 del 11 de julio de 2024.
Por ello,
LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Abrogar la Resolución 447 del 2 de julio de 2019 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) (RESOL-2019-447-APN-ANAC#MTR).
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publiquese dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido archívese.
María Julia Cordero
e. 28/11/2024 N° 85364/24 v. 28/11/2024
Fecha de publicación 28/11/2024