AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA COLÓN
“-----Se pone en conocimiento de las personas citadas al pie del presente, que, en el marco de las Actuaciones que se indican, se ha dispuesto la CONDENA de los nombrados por considerárselos autores materiales de la infracción prevista y penada en el art. 970 apartados 1º y 2º del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), al pago de una MULTA igual a UNA (01) VEZ el importe de los tributos que gravan la importación para consumo del vehículo objeto del ilícito que en cada caso se describe, equivalente al total en pesos que se indica, con más otra MULTA SUSTITUTIVA DE LA PENA DE COMISO de los respectivos rodados, por no poder ser los mismos aprehendidos (conf. art. 922 del Código Aduanero), la cual resulta coincidente con sus valores en plaza, y cuyos importes se indican. Asimismo se CONFIRMA la liquidación tributaria por el monto en dólares que se detalla, en concepto de derechos de importación adeudados (conf. art. 274 del Código Aduanero.) Se pone en conocimiento de los nombrados que de no abonar el importe de los tributos y de las multas impuestas dentro de los QUINCE (15) DÍAS de quedar ejecutoriada esta resolución, se dará inicio al procedimiento de ejecución de conformidad con lo previsto por los arts. 1122, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415) Se INTIMA a los condenados a que en el plazo perentorio de QUINCE (15) DÍAS hábiles, previo pago de la multa impuesta y los tributos liquidados, cumplan con la reexportación de los vehículos involucrados. Finalmente se les HACE SABER que contra el presente pronunciamiento podrán interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro del plazo de QUINCE (15) DÍAS hábiles, a contar desde la publicación del presente, en los términos de los arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-
Apellido y Nombre | Documento | Actuación | Vehículo | Multa/ Multa Sustit. de Comiso | Tributos | Resol. Nro. | Fecha |
GIRAUDI, Pablo | DNI 20.357.918 | 17549-51-2019/5 | Marca “MMC” modelo “Pajero TR4”, matrícula “MCU4300” | $55.803,46 $112.065,46 | u$s5.951,10 | 2024-545-ADCOLO | 17/9/24 |
DOLFINO JIMÉNEZ, Giulietta Luisa | CI 1.212.191-8 | 17549-51-2019/14 | Marca “Chevrolet”, modelo “D Max-E4 2.5”, matrícula “FXRT410” | $110.538,81 $265.338,81 | u$s7.140,75 | 2024-550-ADCOLO | 25/9/24 |
AGUIRRE, Héctor Alberto | DNI 6.238.526 | 17549-51-2019/6 | Marca “Mercedes Benz”, modelo “CLK320”, matrícula“BYJ154” | $191.427,05 $384.427,05 | u$s4.959,25 | 2024-547-ADCOLO | 20/9/24 |
MUÑOZ BARRIA, Carlos Eduardo | DNI 92.687.549/CI 107375481 | 17549-51-2019/7 | Marca “Alfa Romeo”, modelo “156 2.0”, matrícula “XY8612” | $157.628,77 $316.552,77 | u$s3.967,40 | 2024-548-ADCOLO | 24/9/24 |
Hugo Ramon Marsilli, Administrador de Aduana.
e. 29/11/2024 N° 85472/24 v. 29/11/2024
Fecha de publicación 29/11/2024