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Legislación y Avisos Oficiales
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INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 56/2024

RESOL-2024-56-APN-INV#MEC

Mendoza, Mendoza, 02/12/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-128754405- APN-DD#INV, las Leyes Nros. 14.878 y 25.163, el Decreto Nº 57 de fecha 14 de enero de 2004, la Resolución Nº C.19 de fecha 27 de abril de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, se tramita la simplificación normativa para la solicitud del derecho a uso de una Indicación Geográfica (IG).

Que la Ley Nº 25.163 y su Decreto Reglamentario Nº 57/04, establecen las Normas Generales para la Designación y Presentación de Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen Vínico de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Resolución Nº C.19/12, establece que para elaborar vino que sea identificado con una IG, el establecimiento elaborador y los viñedos tienen que haber obtenido el registro, protección y derecho a uso de la misma.

Que con la finalidad de simplificar la tramitación de productos identificados con una IG, resulta conveniente disminuir los trámites que a la fecha se estiman innecesarios.

Que este Instituto cuenta con una base de datos de los establecimientos inscriptos, lo que facilita obtener la información necesaria a fin de aprobar el derecho a uso de una IG, por lo cual resulta innecesario que los inscriptos que deseen hacer uso de una IG departamental y/o provincial, tengan que realizar una tramitación para tal fin.

Que dicha simplificación resulta aplicable exclusivamente para los establecimientos ubicados dentro de la IG departamental y/o provincial que elaboren y/o envasen el producto en la misma área geográfica en que se encuentren los viñedos.

Que la presente medida se dicta en el ámbito de profundizar la desburocratización, simplificando procesos internos y utilizando sistemas informáticos para disminuir cargas sobre los inscriptos de este Instituto.

Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 25.163 y el Decreto Nº DECTO-2024-66-APN-PTE.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase de oficio, el derecho a uso de las Indicaciones Geográficas (IG) departamentales y/o provinciales, a aquellos establecimientos vitivinícolas radicados en dichas áreas.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese.

Carlos Raul Tizio Mayer

e. 03/12/2024 N° 86461/24 v. 03/12/2024

Fecha de publicación 03/12/2024