SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 455/2024
RESOL-2024-455-APN-SIGEN
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2024
VISTO la Resolución SIGEN N° 451 del 28 de noviembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose omitido en el artículo 2º de la citada Resolución el término “publíquese”, procede efectuar su sustitución.
Que en el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1.759/1972 (T.O. 2017), se establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Que atento lo indicado precedentemente, corresponde subsanar la omisión referida.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto resulta competente en orden a lo dispuesto en el artículo 1º, inciso c), del Decreto Nº 101/1985.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 2º de la Resolución SIGEN N° 451/2024, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Miguel Carlos Blanco
e. 03/12/2024 N° 86277/24 v. 03/12/2024
Fecha de publicación 03/12/2024