ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 1184/2024
RESOL-2024-1184-APN-ENACOM#JGM FECHA 29/11/2024
EX-2023-89227419-APN-DNSA#ENACOM
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha resuelto: 1 - Aprobar la solicitud de Recomposición Societaria de la firma CHUBUTNET S.A , titular de la licencia del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora comprensiva de un servicio por modulación de amplitud identificado con la señal distintiva LU17, en la frecuencia 540 KHz., y de un servicio por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRF303, en la frecuencia 100.3 MHz., de la ciudad de PUERTO MADRYN, provincia del CHUBUT, cuyos antecedentes fueron consignados en los considerandos, con motivo del fallecimiento del socio Héctor Gabriel CASTRO y el consecuente ingreso a la misma de los señores Alejandro José Gabriel CASTRO y Daniel Mario PASCUALINI. 2 - Considerar desvinculada de la firma licenciataria a la señora María Magdalena BLANCO. 3 - Dejar establecido que la firma CHUBUTNET S.A. se encuentra integrada por el señor Alejandro José Gabriel CASTRO, titular de 75.000 Acciones Clase A y 87.250 Acciones Clase B, que representan el 89,21 % del capital social y el señor Daniel Mario PASCUALINI, titular de 5.000 Acciones Clase A y 22.750 Acciones Clase B, que representan el 10.79 % del capital social. 4 - Dentro del plazo de 90 días corridos de notificada la presente, los señores Alejandro José Gabriel CASTRO y Daniel Mario PASCUALINI, y la firma CHUBUTNET S.A. deberán regularizar su situación fiscal y previsional ante la AFIP, bajo apercibimiento de declarar la caducidad del presente acto administrativo. 5 - Dentro del plazo de 90 días corridos de notificada la presente, los señores Alejandro José Gabriel CASTRO y Daniel Mario PASCUALINI, y la firma CHUBUTNET S.A. deberán regularizar la situación informada por la AATRAC. 6 - Dentro del plazo de 15 días hábiles de notificada la presente, la firma CHUBUTNET S.A. deberá presentar la declaración jurada rectificativa de la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 7 - Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martin Ozores, Interventor, ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
NOTA: La version completa de esta Resolucion podra obtenerse en la pagina WEB del ENACOM: www.enacom.gob.ar/ normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 03/12/2024 N° 86336/24 v. 03/12/2024
Fecha de publicación 03/12/2024