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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN

Resolución 123/2024

RESOL-2024-123-APN-PTN

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-113489852- -APN-DCTA#PTN, la Ley N.° 24.156 y sus modificatorias, el Decreto N.° 1344/07 (B.O. 5-10-07), la Decisión Administrativa N.° DECAD-2021-641-APN-JGM (B.O. 28-06-21), la Disposición N.° DI-2022-1-APN-DNCIB#JGM (B.O. 16-02-22); y la Resolución N.° RESOL-2017-105-APN-PTN del 21 de noviembre del 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N.° RESOL-2017-105-APN-PTN se aprobó el “Reglamento Interno sobre Uso de Equipamiento y Herramientas de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN” identificado como IF-2017-26506635-APN-DND#PTN.

Que con posterioridad a su aprobación, se han dictado numerosas normas sobre esta materia.

Que, en este sentido, la Decisión Administrativa N.° DECAD-2021-641-APN-JGM aprobó los “REQUISITOS MÍNIMOS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN PARA LOS ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL”, los cuales son aplicables a todas las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inc. a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

Que la medida se fundamentó en la importancia de preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información; y la necesidad de implementar un Plan de Seguridad a fin de prevenir que los sistemas de información de la Administración Nacional se vean afectados.

Que a través de la Disposición N.° DI-2022-1-APN-DNCIB#JGM, la Dirección Nacional de Ciberseguridad aprobó el “MODELO REFERENCIAL DE POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN” con el fin de asistir en el proceso de elaboración de las Políticas de Seguridad de la Información y ser utilizado como guía por los organismos.

Que por ello, la Coordinación de Gestión Informática de la DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de esta PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, elaboró las Políticas de Seguridad de la Información ajustadas a las normas vigentes en la materia.

Que por lo expuesto, deviene necesario aprobar las “POLÍTICAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN”, que como Anexo N.° IF-2024-130118738-APN-CGI#PTN, forma parte integrante de la presente medida.

Que en consecuencia, corresponde abrogar la Resolución N.° RESOL-2017-105-APN-PTN de este Organismo Asesor.

Que en cumplimiento del artículo 4° de la Decisión Administrativa N.° DECAD-2021-641-APN-JGM se deberá comunicar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en virtud del artículo 101 del Decreto N.° 1344/2007, reglamentario de la Ley N.° 24.156.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DICTÁMENES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N.º 24.667 y el artículo 3° de la Decisión Administrativa N.° DECAD-2021-641-APN-JGM.

Por ello,

EL PROCURADOR DEL TESORO DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las “POLÍTICAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN”, que como Anexo N.° IF-2024-130118738-APN-CGI#PTN, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Abrogase la Resolución N.° RESOL-2017-105-APN-PTN que aprobó el “Reglamento Interno sobre Uso de Equipamiento y Herramientas” -IF-2017-26506635-APN-DND#PTN-.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en cumplimiento del artículo 4° de la Decisión Administrativa N.° DECAD-2021-641-APN-JGM.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Rodolfo Carlos Barra

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/12/2024 N° 88107/24 v. 09/12/2024

Fecha de publicación 09/12/2024