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SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS

Resolución 5583/2024

RESOL-2024-5583-APN-SCYM

Ciudad de Buenos Aires, 13/12/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-94530200- -APN-SICYT#JGM, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 88 del 26 de diciembre de 2023, 303 del 9 de abril de 2024, 834 del 17 de septiembre de 2024, 839 del 18 de septiembre de 2024 y 958 del 25 de octubre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que, por el Decreto N° 958/24 se estableció que Corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que, por el Decreto N° 303/24 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO entonces dependiente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 834/24 se dispuso que las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas, entre otras, por la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS.

Que, por el Decreto 839/24 se transfirió la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO de la SECRETARÍA GENERAL a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS, ambas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Coordinador de Materiales Gráficos de la Dirección de Producción Audiovisual dependiente de la Dirección Nacional de Contenidos Audiovisuales e Imagen Institucional de Gobierno de la Subsecretaría de Vocería y Comunicación de Gobierno de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 958 del 25 de octubre de 2024.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dáse por desígnado con carácter transitorio, a partir del 01 de septiembre de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al Sr. Roberto Carlos SCOLARI (D.N.I. N° 34.977.339), en el cargo de Coordinador de Materiales Gráficos de la Dirección de Producción Audiovisual dependiente de la Dirección Nacional de Contenidos Audiovisuales e Imagen Institucional de Gobierno de la Subsecretaría de Vocería y Comunicación de Gobierno de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en un Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II Capítulos III, IV y VIII y el Título IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 1 de septiembre de 2024.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 20 – 01 - SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Manuel Adorni

e. 17/12/2024 N° 90962/24 v. 17/12/2024

Fecha de publicación 17/12/2024