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17 de Febrero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 3199/2024

RESFC-2024-3199-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2024

VISTO, el EX-2024-136414682- -APN-DGTA#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL en su carácter de organismo descentralizado del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO es la autoridad de aplicación del régimen legal aplicable a las cooperativas y mutuales en todo el territorio nacional.

Que a ese efecto otorga su personería jurídica, ejerce el control público y favorece su desarrollo, en los términos de las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337, 23.427, Decreto N.º 420/96, sus modificatorios y complementarios.

Que entre las citadas funciones se cuentan las de apoyar económica y financieramente a las cooperativas y mutuales, por vía de préstamos de fomento o subsidios y ejercer los controles y acciones pertinentes con relación a los apoyos acordados (cfr. Artículo 106 inc. 4 de la Ley N.º 20.337, 2º inc. d de la Ley N.º 20.321, Decretos N.º 420/96 y N.º 721/00).

Que la mencionada asistencia se materializa en apoyos financieros a través de préstamos y subsidios, contemplados en la Resolución N.º 1287/15, o a través de la celebración de convenios, previstos en la Resolución N.º 1106/08, sus modificatorias y complementarias.

Que del Informe de Entrega y Recepción, Decreto N° 126/2023, producido por la Sindicatura General de la Nación y tratado en la reunión del Comité de Control celebrada el día 13 de junio del corriente año se observa que: “No se puede determinar la morosidad de la cartera de préstamos ya que el actual sistema de seguimiento no cuenta con esa información”

Que, en ese sentido, el Directorio de este Instituto instruyó mediante la Resolución Nº RESFC-2024-1875-APN-DI#INAES a la Dirección General Técnico Administrativa para que adopte las medidas a los fines que a través del sistema de información pueda determinarse la morosidad de la cartera de préstamos.

Que a los efectos de cumplir con lo requerido la Coordinación de Servicios Digitales e Informáticos de la Dirección General Técnico Administrativa ha elaborado un Sistema de Préstamos y Refinanciación de Deuda de Aportes del Artículo 9º de la Ley N.º 20.321.

Que en ese sentido, se desarrollaron las herramientas de gestión de la cartera de préstamos para incluir un módulo específico de seguimiento de morosidad como así también de refinanciación de los mismos, se incorporaron funcionalidades para facilitar la refinanciación de la deuda de aportes del mencionado Artículo 9º de la Ley N.º 20.321 y se crearon plantillas de informes que cumplen con los estándares de auditoría y los requerimientos normativos.

Que asimismo, la mencionada Coordinación ha formulado dos manuales, identificados como Nº IF-2024-136545643-APN-CSDI#INAES y Nº IF-2024-136545589-APN-CSDI#INAES, con el fin de establecer un instructivo del mencionado sistema.

Que, por lo tanto, dicho sistema permitirá optimizar el control que debe ejercer este Instituto, teniendo en cuenta los principios de celeridad, economía, sencillez, eficacia y eficiencia en los trámites que deben regir el procedimiento administrativo.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención, con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 19.331, 20.321, 20.337 y los Decretos Nros. 420/96, 721/00, sus modificatorios y complementarios,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Sistema de Préstamos que otorga el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y de Refinanciación de Deuda de Aportes del Artículo 9º de la Ley N.º 20.321.

ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los manuales identificados como N.º IF-2024-136545643-APN-CSDI#INAES y N.º IF-2024-136545589-APN-CSDI#INAES, que como Anexos integran el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3º.- Las unidades organizativas del INSTITUTO deben utilizar el Sistema de Préstamos y Refinanciación de Deuda de Aportes del Artículo 9º de la Ley N.º 20.321 con la actualización que se aprueba por el presente acto administrativo en cuanto al seguimiento de los préstamos otorgados por este Organismo.

ARTÍCULO 4º.- Comuniquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese

Sergio Pablo Cha - Eduardo Hector Fontenla - Matías Kelly - Elbio Nestor Laucirica - Ramiro Emiliano Martinez - Norberto Pedro Zarate - Marcelo Oscar Collomb

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/12/2024 N° 92628/24 v. 23/12/2024

Fecha de publicación 23/12/2024