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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1224/2024

RESOL-2024-1224-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/12/2024

EX-2022-75467664- -APN-DNSA#ENACOM

El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Declarar extinguida la licencia adjudicada mediante el dictado de la Resolución Nº 680-COMFER/99, confirmada por su similar Nº 814-COMFER/00 , al señor Clementino Ramón MARTÍNEZ , para operar en el canal 277, frecuencia 103.3 MHz. identificada con la señal distintiva LRI734, categoría E, en la localidad de VILLA OCAMPO, provincia de SANTA FE. 2.- Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de SANTA FE, a través de la Resolución RESOL-2022-1173-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido en el IF-2022-52600094-APN-DNSA#ENACOM. 3.- Adjudicar a la señora Marisa Gabriela MARTÍNEZ una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia para operar en el canal 277, frecuencia 103.3 MHz., categoría E, conservando la señal distintiva LRI734, en la localidad de VILLA OCAMPO, provincia de SANTA FE. 4.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria, por los plazos y en las condiciones previstas por el Artículo 40 de la Ley Nº 26.522, en la redacción que acuerda el Decreto Nº 267/15. 5.- Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, la adjudicataria deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares, para lo cual resulta de aplicación el Instructivo identificado como IF-2022-42391318-APN-DNSA#ENACOM, que forma parte integrante de la RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica. 6.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria,deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 8.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes,importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.

e. 23/12/2024 N° 92895/24 v. 23/12/2024

Fecha de publicación 23/12/2024