AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA COLÓN
“-----Se pone en conocimiento de la Sra. Roxana Maricel SAIBENE (D.N.I. Nº 27.306.573), que en el marco de la Actuación Nº 17553-7-2022/5 (013-SC-13-2023/4), y mediante RESOL-2024-588-E-AFIP-ADCOLO#SDGOAI de fecha 14 de noviembre de 2024, se ha resuelto su CONDENA al COMISO de la mercadería en infracción y al pago de una MULTA que se gradúa en dos (2) veces su valor en plaza, obedeciendo a su condición de reincidente por la existencia de un antecedente computable, en el marco de los arts. 915 y 927/928 del Código Aduanero (fs. 38/40), equivalente entonces al importe de Pesos Ciento Setenta y Dos Mil Setecientos Treinta y cinco con Noventa y Seis Centavos ($172.735,96), por haber cometido la infracción prevista y penada en el art. 986 del mismo cuerpo legal. Se PONE en conocimiento de la deudora nombrada que de no abonar el importe de la multa impuesta dentro de los QUINCE (15) DÍAS de quedar ejecutoriada esta resolución, se dará inicio al procedimiento de ejecución de conformidad con lo previsto en los arts. 1122, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Se DEJA SIN EFECTO la liquidación tributaria practicada a fs. 33 en concepto de derechos de importación (conf. IF-2019-00136282-AFIP-DVDSAD#SDGASJ de fecha 23/5/2019.) Se le HACE SABER a la condenada que contra el presente pronunciamiento podrá interponer recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la publicación del presente, en los términos de los arts. 1024, 1132 y 1133 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415.-) Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-
Hugo Ramon Marsilli, Administrador de Aduana.
e. 23/12/2024 N° 92858/24 v. 23/12/2024
Fecha de publicación 23/12/2024