AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA COLÓN
“-----Se pone en conocimiento del Sr. Edward MURDOCH MOTREL (D.N.I. Nº 16.760.248), que en el marco del Alcance Nº 17549-51-2019/30 (013-SC-82-2020/4) y mediante RESOL-2024-583-E-AFIP-ADCOLO#SDGOAI de fecha 11 de noviembre de 2024, se ha resuelto su CONDENA, por considerárselo autor material de la infracción prevista y penada en el art. 970 apartados 1º y 2º del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), al pago de una MULTA igual a UNA (01) VEZ el importe de los tributos que gravan la importación para consumo del vehículo objeto del ilícito (automotor Chevrolet Corvette año 1971 matrícula “BLX2551” y chasis Nº 194371G113709, equivalente a Pesos Doscientos Cuarenta y Siete Mil Ochocientos Tres con Ochenta Centavos ($247.803,80), con más otra MULTA SUSTITUTIVA DE LA PENA DE COMISO de dicho rodado, por no poder el mismo ser aprehendido (conf. art. 922 del C.A.), la cual resulta coincidente con su valor en plaza, es decir Pesos Cuatrocientos Noventa y Siete Mil Seiscientos Cuarenta y Tres con Ochenta Centavos ($497.643,80), arrojando entonces en conjunto ambas multas aplicadas la suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON SESENTA CENTAVOS ($745.447,60.) Se CONFIRMA la liquidación tributaria de Dólares Estadounidenses Diecisiete Mil Ochocientos Cincuenta y Tres con Treinta Centavos (u$s17.853,30), formulada a fs. 23 en concepto de derechos de importación adeudados (conf. art. 274 del Cód. Aduanero.) Se PONE en conocimiento del nombrado que de no abonar el importe de los tributos y de las multas impuestas dentro de los QUINCE (15) días de quedar ejecutoriada esta resolución, se dará inicio al procedimiento de ejecución de conformidad con lo previsto por los arts. 1122, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415-) Se INTIMA al condenado a que en el plazo perentorio de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES, previo pago de las multas impuestas y los tributos liquidados, cumpla con la reexportación del vehículo involucrado. Se le HACE SABER que contra el presente pronunciamiento podrá interponer, en forma optativa, recurso de apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o demanda contenciosa ante la Justicia Federal, dentro del plazo de QUINCE (15) DÍAS hábiles a contar desde la publicación del presente, en los términos de los arts. 1132 y 1133 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415) Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-
Hugo Ramon Marsilli, Administrador de Aduana.
e. 23/12/2024 N° 92864/24 v. 23/12/2024
Fecha de publicación 23/12/2024