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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Resolución 164/2024

RESOL-2024-164-APN-JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/12/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-137717684- -APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, el Decreto N° 713 de fecha 9 de agosto de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que a través del artículo 3° del Decreto N° 713/24 se aprobó como Anexo III el Régimen de Iniciativa Privada, el que será de aplicación a las diversas contrataciones enmarcadas en los sistemas de contratación regidos por las Leyes Nros. 13.064, 17.520, 23.696 y 27.328 y sus respectivas modificaciones.

Que por conducto del articulo 7° del mencionado Anexo, se estableció que las desestimaciones a las mentadas iniciativas privadas serán resueltas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o autoridad superior del organismo competente en razón de la materia.

Que el artículo 16 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias enumera las atribuciones del Jefe de Gabinete de Ministros y, entre ellas, se encuentra la de intervenir en la elaboración de las políticas para el desarrollo integral de las áreas y zonas de frontera y entender en su ejecución en el área de su competencia.

Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 establece que el Jefe de Gabinete de Ministros, los ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.

Que a efectos de una mejor gestión de las atribuciones asignadas a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta necesario delegar funciones al titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de Interior ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Deléganse en el titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades relacionadas con la desestimación de las Iniciativas Privadas por aplicación del artículo 7° del Anexo III - Régimen de Iniciativa Privada aprobado por el Decreto N° 713/24, presentadas con convocatoria o sin convocatoria para áreas o zonas de frontera.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos

e. 27/12/2024 N° 93743/24 v. 27/12/2024

Fecha de publicación 27/12/2024