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Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 629/2024

RESOL-2024-629-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2024

VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Normas AR 0.11.1. “Licenciamiento de Personal de Instalaciones Clase I”, Revisión 3, los Expedientes en que tramitan las solicitudes de licenciamiento de personal que integran el ACTA CALPIR N° 10/24, las Resoluciones del Directorio de la ARN N° 143/10 y 452/19, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que las personas individualizadas en el listado que se incluye como Anexo a la presente Resolución y la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) en su carácter de Entidad Responsable, solicitaron a esta ARN renovaciones de Autorizaciones Específicas y una solicitud de Permiso Individual.

Que conforme se establece en la Resolución ARN N° 143/10 el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO DE PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR) en su reunión correspondiente al ACTA CALPIR N° 10/24, ha tomado en los trámites la intervención que le compete.

Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece que los licenciatarios titulares de una autorización o permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la autoridad abonarán anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del presupuesto general de la Nación.

Que conforme a los registros de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de la ARN, la CNEA adeuda el pago de la tasa regulatoria previsto en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 respecto de las tramitaciones referenciadas en el ANEXO de la presente Resolución. Sin perjuicio de ello, por razones de interés público y conforme a lo establecido en la Resolución del Directorio de la ARN N° 452/19, se dará curso favorable a las respectivas tramitaciones, autorizando a que dicho pago se efectúe con posterioridad.

Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en los trámites la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 12 de diciembre de 2024 (Acta N° 43),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°. - Otorgar las Renovaciones de Autorizaciones Específicas Clase I y el Permiso Individual Clase II de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA que se listan como Anexo a la presente Resolución, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS de la ARN, a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA y a los solicitantes comprendidos en el Anexo de la presente Resolución. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Leonardo Juan Sobehart

NOTA: El/los Anexos que integran/n este/a Resolución no se publica/n.

e. 02/01/2025 N° 94756/24 v. 02/01/2025

Fecha de publicación 02/01/2025