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14 de Febrero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE HACIENDA

Resolución 1/2025

RESOL-2025-1-APN-SH#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 02/01/2025

Visto el expediente EX-2024-129969878- -APN-DGDA#MEC, la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, la resolución conjunta 476 de la Secretaría de Hacienda y 7 de la Secretaría de Finanzas del 28 de diciembre de 2006 y la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la resolución conjunta 476 de la Secretaría de Hacienda y 7 de la Secretaría de Finanzas del 28 de diciembre de 2006, se crea el “Registro de Créditos a Cobrar – (RECAC)” y se aprueba el “Procedimiento para el Registro de Créditos a Cobrar Originados en Operaciones de Crédito Público”.

Que conforme el artículo 3° de la norma citada, la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía tiene a su cargo el registro, seguimiento y control de los citados créditos.

Que asimismo, en el punto 3.3.2.2 del anexo de la mencionada resolución conjunta, se establece que para el caso de los créditos a cobrar que se encuentren en estado de “mora” en el RECAC, la citada Oficina Nacional de Crédito Público requerirá, en caso de corresponder, a la Tesorería General de la Nación dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, que conforme su competencia, arbitre los medios necesarios en sede administrativa, para el recupero de los créditos en cuestión.

Que mediante la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de esta secretaría (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), se aprobó el “Marco Conceptual del Circuito de Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) dentro del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF)” para recursos de origen no tributario, de aplicación a los procesos y las áreas intervinientes alcanzadas por la citada medida.

Que el mencionado marco conceptual sintetiza y define las funcionalidades del circuito COTENA dentro del e-SIDIF y tiene por objetivo la incorporación de nuevos conceptos y el diseño de comprobantes para una mejor calidad en la gestión y posterior explotación de la información.

Que con el propósito de ampliar la funcionalidad de ese marco conceptual a los efectos de incluir el procedimiento a cobrar señalado en el primer considerando, se propicia la aprobación de los Comprobantes de Gestión Solicitud de Cobranza de RECAC Provincias (SOC-RCP) y Solicitud de Cobranza de RECAC Organismos (SOC-RCO).

Que corresponde facultar a la Tesorería General de la Nación y a la Contaduría General de la Nación, ambas dependientes de la Subsecretaría de Presupuesto de esta secretaría, para realizar las modificaciones en los comprobantes y descriptivos de gestión aprobados en esta resolución, como así también para el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar y establecer procedimientos de contingencia que fueren necesarios.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 6º de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y en el artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los comprobantes de gestión, que como anexos se indican a continuación e integran esta resolución:

Anexo I “Comprobante de Gestión Solicitud de Cobranza de RECAC Provincias (SOC-RCP)” (IF-2024-140734009-APN-TGN#MEC).

Anexo II “Comprobante de Gestión Solicitud de Cobranza de RECAC Organismos (SOC-RCO)” (IF-2024-140733923-APN-TGN#MEC).

ARTÍCULO 2º.- Los comprobantes de gestión señalados en el artículo anterior forman parte del “Marco Conceptual del Circuito de Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF)”, aprobado a través del artículo 1° de la resolución 137 del 3 de noviembre de 2020 de esta secretaría (RESOL-2020-137-APN-SH#MEC).

ARTÍCULO 3°.- Facúltase a la Tesorería General de la Nación y a la Contaduría General de la Nación, ambas dependientes de la Subsecretaría de Presupuesto de esta secretaría, a realizar las modificaciones en los comprobantes y descriptivos de gestión aprobados en esta resolución, como así también para el dictado de las normas complementarias, aclaratorias e interpretativas a que hubiere lugar y establecer procedimientos de contingencia que fueren necesarios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Carlos Jorge Guberman

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/01/2025 N° 218/25 v. 06/01/2025

Fecha de publicación 06/01/2025