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7 de Febrero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 6/2025

RESOL-2025-6-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2025

VISTO el expediente EX-2024-135680910- -APN-ANAC#MEC, los Decretos 1172 del 3 de diciembre de 2003, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 606 del 11 de julio de 2024, la resolución 506 del 25 de agosto de 2023 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) (RESOL-2023-506-APN-ANAC#MTR), la Parte 65 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la Auditoria realizada por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) llevada a cabo del 22 de junio al 4 de julio del 2022 y del 2 al 10 de agosto del 2022, a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), se han notificado hallazgos en referencia a los exámenes que debe tomar la Autoridad Aeronáutica para la obtención de la Licencia de Controlador de Tránsito Aéreo (CTA).

Que la Parte 65 “Personal Aeronáutico Excepto Miembros de la Tripulación de Vuelo” de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), establece los requisitos de otorgamiento de las Licencias, Habilitaciones, sus atribuciones y limitaciones, de la Licencia de Controlador de Tránsito Aéreo (CTA), entre otras.

Que a los fines de subsanar los hallazgos informados, deviene necesario modificar la Sección 65.33 de la parte 65 de las RAAC estableciendo dentro de los requisitos a cumplir por el postulante a una Licencia de Controlador de Tránsito Aéreo (CTA), el de aprobar un examen ante un inspector del Organismo.

Que, atento al contenido de la modificación propuesta no corresponde implementar el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto 1172 del 3 de diciembre de 2003.

Que la Dirección Nacional de Inspección y Navegación Aérea (DNINA) dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la intervención de su competencia, analizando la factibilidad técnica a través de su área competente.

Que se ha dado cumplimiento al procedimiento establecido por la Resolución ANAC 506 del 25 de agosto de 2023.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los decretos 1770 del 29 de noviembre de 2007 y 606 del 11 de julio de 2024.

Por ello,

LA INTERVENTORA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la enmienda a la Sección 65.33 “Requisitos para el otorgamiento de la licencia” de la Parte 65 “Personal Aeronáutico, Excepto Miembros de la Tripulación de Vuelo” de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), que como ANEXO IF-2024-138807198-APN-DNSO#ANAC, forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- La presente entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3 °.- Dar intervención a la Unidad de Planificación y Control de Gestión dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a efectos de efectuar las respectivas correcciones editoriales de las secciones que se incorporan y/o modifican en las RAAC, para la publicación de la presente en la página web del organismo y su respectiva difusión interna y posterior pase al Departamento de Secretaria General (DSG) dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) dependiente de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para su inclusión en el Archivo Central Reglamentario (ACR).

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archivese.

María Julia Cordero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en la sección Normativa Aeronáutica de la página oficial de la ANAC https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa

e. 08/01/2025 N° 777/25 v. 08/01/2025

Fecha de publicación 08/01/2025