Edición del
19 de Marzo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Disposición 17/2025

DI-2025-17-E-AFIP-ARCA

Ciudad de Buenos Aires, 15/01/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-00172218- -AFIP-DIPERS#SDGRHH y la Disposición N° DI-2025-15-E-AFIP-ARCA del 14 de enero de 2025 y

CONSIDERANDO:

Que por el acto dispositivo citado en el VISTO de la presente se introdujeron -entre otras medidas- modificaciones en la Estructura Organizativa de esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

Que por lo expuesto, se propicia designar al abogado Facundo ROCHA en el cargo de Coordinador y Supervisor de la Dirección de Recursos Humanos.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por los Decretos Nros. 1.399 del 4 de noviembre de 2001 y 953 del 24 de octubre de 2024.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Designar al abogado Facundo ROCHA (CUIL N° 20-20468819-3) en el cargo de Coordinador y Supervisor de la Dirección de Recursos Humanos.

ARTÍCULO 2º.- La presente disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Hacer saber al nombrado que con el dictado de la presente disposición queda agotada la vía administrativa en los términos del artículo 23, inciso c), apartado (iii), de la Ley N° 19.549, y que contra ésta podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración ó de alzada en los términos de los artículos 94 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017), dentro del plazo de VEINTE (20) ó TREINTA (30) días hábiles administrativos, respectivamente, ambos plazos computados a partir del primer día hábil siguiente al de su notificación, o bien, la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.549.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Juan Alberto Pazo

e. 16/01/2025 N° 2070/25 v. 16/01/2025

Fecha de publicación 16/01/2025