AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DIVISIÓN SECRETARIA N.º 2
EDICTO
Código Aduanero – (Ley 22.415, artículo 1013, inciso I).
Por ignorarse domicilio, se le hace saber a LAURA PEREIRA BARRETO SILVEIRA MELLO (PAS. BRASIL N.º FG955322) que en el marco de la actuación n.º 12227-779-2014, en trámite por ante la División Secretaría N.º 2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sita en la calle Azopardo N.º 350, P.B., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se ha dispuesto publicar una RESOLUCIÓN DEPRLA N.º 173/2022 fdo. por Mazza, Marcos Marcelo jefe (int.) División Secretaria N.º 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros, la que en su parte pertinente dice: “ARTICULO 1º.- ARCHIVAR la presente denuncia en los términos de la Instrucción General N° 9/2017 (DGA) y ante el supuesto que la encartada destine para exportación la mercadería de autos, deberá hacerlo en el plazo de quince (15) días de notificada la presente y abonar los tributos que ascienden a la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES (USD 33,00) o solicitar su reingreso a territorio nacional, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de proceder de acuerdo a lo establecido en la sección V, titulo II de la Ley N.º 22.415 o si correspondiere, proceder con lo dispuesto por la Ley N.º 25.603”
Patricio Dolzani, Empleado Administrativo, División Secretaría N° 2.
e. 16/01/2025 N° 2067/25 v. 16/01/2025
Fecha de publicación 16/01/2025