Edición del
30 de Abril de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

Disposición 69/2025

DI-2025-69-APN-DNHFYSF#MS

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2025

VISTO el EX-2024-02428929-APN-DNHFYSF#MS del registro de este Ministerio de Salud, la Resolución Ministerial Nº 255/94, y;

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente el Farmacéutico Manuel Marcelo FRAGA (MN N° 15.367), CUIL: 20-22991831-2- Email: mancap28@hotmail.com- Teléfono: 113260-7427, solicita su baja/desvinculación al cargo de Director Técnico del Comercio al por Mayor de Productos Biomédicos denominado “RAQUIS S.A.”, propiedad de RAQUIS S.A., CUIT: 30-71435925-4, sito en la Avenida Rivadavia N° 2431, Entrada N°2, Piso 3°, Dto 8, (C.P.1034), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que según nuestros registros informáticos el establecimiento se encuentra Habilitado bajo la dirección técnica del Farmacéutico Manuel Marcelo FRAGA (MN N° 15.367) conforme Disposición Nº 954 de fecha 27 de marzo de 2015, recaída bajo Expte: 1-2002-29887/14-6.

Que se han realizado tres (3) inspecciones en el domicilio diferentes días y horarios, bajo Actas N° 27627, N° 28394 y N° 30116 de fechas 01 de febrero, 18 de marzo y 12 de junio de 2024 respectivamente, sin obtener respuesta.

Que consultado al encargado del edificio el mismo informa que actualmente el inmueble está alquilado como consultorio a dos médicos traumatólogos, que atienden a sus pacientes con turno, motivo por el cual es difícil hallar a los profesionales.

Que en virtud de no encontrase informado por parte de la firma el cierre voluntario y definitivo del establecimiento, sin que a la fecha se haya dado conocimiento ni tramite de la medida de cierre en esta Cartera de Estado.

Que por lo expresado en el párrafo anterior, corresponde proceder al cierre de oficio del establecimiento para la comercialización de productos biomédicos denominado “RAQUIS S.A.” por aplicación del Artículo 7º inciso 1 y/o último párrafo de la Resolución Ministerial Nº 255/94.

Que de conformidad con lo actuado surge, prime facie, la presunta transgresión al Artículo 7º inciso 1 y/o último párrafo de la Resolución Ministerial Nº 255/94.

Que asimismo corresponde ordenar el sumario de estilo, con el objeto de investigar las presuntas faltas sanitarias en la que hubiere incurrido, con el fin de ponderar las circunstancias del caso y establecer las sanciones que fueran pertinentes.

Que se procede de acuerdo con las normas vigentes en la Resolución Ministerial Nº 255/94 y normas complementarias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS es el organismo de aplicación de dichas normas.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º- Dáse por cancelada a partir del día 08 de Enero de 2024, la habilitación del establecimiento para la comercialización mayorista de productos biomédicos denominado “RAQUIS S.A.”, propiedad de RAQUIS S.A., CUIT: 30-71435925-4, sito en la Avenida Rivadavia N° 2431, Entrada N°2, Piso 3°, Dto 8, (C.P.1034), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2º.-. Dáse por limitada a partir del día 08 de enero de 2024, la actuación del Farmacéutico Manuel Marcelo FRAGA (MN N° 15.367), CUIL: 20-22991831-2 en carácter de Director Técnico del establecimiento mencionado.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase sumario de estilo con el objeto de investigar los hechos, ponderar las circunstancias del caso y establecer las sanciones que fueran pertinentes.

ARTÍCULO 4º.- Tome conocimiento REGISTRO ÚNICO DE PROFESIONALES DE LA SALUD de la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS. Notifíquesele al interesado de la presente Disposición. Remítase copia a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de MEDICAMENTOS, ALIMENTOS y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), (SECCIÓN TECNOLOGÍA MÉDICA; a la SUPERINTENDENCIA de SERVICIOS de SALUD y al INSTITUTO NACIONAL de SERVICIOS SOCIALES para JUBILADOS y PENSIONADOS.

ARTÍCULO 5°.- “Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del REGISTRO OFICIAL y vuelva.

Thelma Patricia Trotta

e. 22/01/2025 N° 2831/25 v. 22/01/2025

Fecha de publicación 22/01/2025