AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 40/2025
RESOL-2025-40-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX2024-76985259-APN-GSRFYS#ARN, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la referida Ley, en su Artículo 16, Inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que mediante Nota N° NO-2024-72817224-APN-GASNYA#CNEA, de fecha 11 de julio de 2024, la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta ARN el otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación Clase I denominada “PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)”, ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.
Que, de acuerdo a los registros de la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de la ARN, la CNEA adeuda el pago de la tasa regulatoria previsto en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conforme surge de la Factura N° 0001-00068268.
Que el otorgamiento de una renovación de la Licencia de Operación a un usuario de material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.
Que, mediante Nota N° NO-2024-139680878-APN-CNEA#JGM, de fecha 20 de diciembre de 2024, el Presidente de la CNEA informó que se encuentra demorado el pago de la factura adeudada y solicitó contemplar, en carácter de excepción, la prosecución del trámite de Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación Clase I “PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN”.
Que el pago de la tasa regulatoria será efectuado con posterioridad a la emisión de la Renovación de la Licencia de operación solicitada.
Que ECRI es una instalación fundamental para continuar con la provisión de combustibles y blancos de irradiación para la producción de radioisótopos que se realizan en el reactor de investigación RA-3, así como también para continuar con la Etapa III del proceso de ampliación y mejora del sector de cajas de guantes, a fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos preestablecidos con otros grupos de la CNEA, como el suministro de elementos combustibles para el Proyecto RA-10, además de mejorar las condiciones vinculadas a protección radiológica y seguridad nuclear de la instalación.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN FÍSICA y las ACTIVIDADES ACTUALIZACIÓN SISTEMA DE LICENCIAMIENTO DE ARN y SEGURIDAD FÍSICA Y NUCLEAR, recomiendan dar curso favorable al otorgamiento de la Renovación de la Licencia de Operación de la Instalación Clase I, denominada “PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)”, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 23 de enero de 2025 (Acta N° 1),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de la Licencia de Operación solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) para la Instalación Clase I denominada “PLANTA DE FABRICACIÓN DE ELEMENTOS COMBUSTIBLES PARA REACTORES DE INVESTIGACIÓN (ECRI)”, ubicada en el Centro Atómico Constituyentes, la cual se encuentra como Anexo de la presente Resolución, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS. Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA en su carácter de Entidad Responsable. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 31/01/2025 N° 4557/25 v. 31/01/2025
Fecha de publicación 31/01/2025