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AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 6/2025

RESOL-2025-6-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2025-04994353- -APN-DCCYS#AABE y su asociado Nº EX-2024-119902654- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 (texto conf. Decreto Nº 636 de fecha 18 de julio de 2024 con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769 de fecha 29 de agosto de 2024), 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, 1.088 de fecha 3 de diciembre de 2018, 29 de fecha 10 de enero de 2018, 950 del 24 de octubre 2024, y el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), la Resolución Nº 61 (RESOL-2024-61-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024, la Resolución Nº 82 (RESFC-2024-82-APN-AABE#JGM) de fecha 27 de noviembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de Subasta Pública N° 392-0003-SPU25 para la venta en bloque de los inmuebles ubicados en Avenida Rivadavia N° 1.675/79, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una superficie aproximada según catastro de CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (403,92 m2), identificado catastralmente como Circunscripción 14 – Sección 5 – Manzana 9 – Parcela 23 correspondiente al CIE Nº 0200002636/4; Avenida Rivadavia Nº 1.665, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una superficie en estudio aproximada de MIL CUATROCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.414,25 m2), identificado catastralmente como Circunscripción 14 – Sección 5 – Manzana 9 – Parcela 24 y correspondiéndole el CIE 0200002636/5, ascendiendo ambos inmuebles a una superficie total aproximada de UN MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON DIECISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.818,17 m2), según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que mediante el Decreto Nº 1.088 de fecha 3 de diciembre de 2018 se autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos del artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 (texto conf. Decreto Nº 636 de fecha 18 de julio de 2024 con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769 de fecha 29 de agosto de 2024), a disponer y enajenar los inmuebles objeto de la presente medida.

Que posteriormente mediante el Decreto Nº 950 de fecha 24 de octubre de 2024 el Poder Ejecutivo de la Nación decretó que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsará los procedimientos de enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto de los Decretos Nros. 952/16, 1.064/16, 1.173/16, 225/17, 928/17, 355/18, 1.088/18, 345/19 y 518/19 y de las Decisiones Administrativas Nros. 249/18, 24/19, 317/19 y 610/19 que no hubieran sido enajenados a la fecha de entrada en vigor de esa medida.

Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles, propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios.

Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.

Que mediante Resolución Nº 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024, se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al mismo, el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.

Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15 (texto conf. Decreto Nº 636/24, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769/24) establece que todo acto de disposición de inmuebles de propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.

Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de aplicación el aprobado mediante la Disposición ONC Nº 63-E/16, modificada por la Disposición ONC 62 de fecha 30 de julio de 2024 (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.

Que mediante Resolución Nº 61 (RESOL-2024-61-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024, se desafectó el inmueble en los términos del articulo 29 del Anexo al Decreto Nº 2.670/15 (texto conf. Decreto Nº 636/24, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769/24).

Que mediante Resolución Nº 82 (RESOL-2024-82-APN-AABE#JGM) de fecha 27 de noviembre de 2024, se procedió a aclarar la superficie consignada en la Resolución Nº 61 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-61-APN-AABE#JGM) de los siguientes inmuebles: Avenida Rivadavia N° 1.675/1.679, identificado catastralmente como Circunscripción 14 – Sección 5 – Manzana 9 – Parcela 23, correspondiente al CIE Nº 0200002636/4 con una superficie total aproximada de CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (403,92 m2) y Avenida Rivadavia N° 1.665, identificado catastralmente como Circunscripción 14 – Sección 5 – Manzana 9 – Parcela 24, correspondiente al CIE Nº 0200002636/5, con una superficie total aproximada de UN MIL CUATROCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.414,25 m2), ascendiendo ambos inmuebles a una superficie total aproximada de UN MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON DIECISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.818,17 m2).

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, a través de las Notas NO-2018-37655137-APN-CNMLYBH#MC de fecha 6 de agosto de 2018, y su ratificatoria Nota NO-2024-130713006-APN-CNMLYBH#SC de fecha 28 de noviembre de 2024, autorizó la venta del inmueble en trato.

Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota NO-2024-24654552-APN-EGN de fecha 8 de marzo de 2024, tomó la intervención de su competencia.

Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante el informe identificado bajo el IF-2024-137162181-APN-TTN#MEC determinó su valor venal, al contado, desocupado, libre de mejoras, en la suma total de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES ($ 3.414.000.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS OCHO (USD 3.340.508) a un tipo de cambio BNA en DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL VEINTIDOS $1.022,00/USD, todos los valores a fecha 19 de noviembre de 2024.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS, mediante Informe IF-2025-04607002-APN-DNSIYAC#AABE de fecha 14 de enero de 2025, solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS la venta del inmueble en cuestión, con un valor base de subasta de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS OCHO (U$S 3.340.508).

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el procedimiento apropiado para la venta de los inmuebles es el de Subasta Pública.

Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).

Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios.

Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el mejor aprovechamiento y utilización del patrimonio estatal, destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.

Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16, resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones allí previstas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 11 incisos a) y b) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante los Decretos Nros. 1.023/01, 1.382/12, 1.416/13, 2.670/15 (texto conf. Decreto Nº 636/24 con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 769/24), 29/18, 1.088/18, 950/24 y sus respectivas normas modificatorias y/o complementarias, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177 (Texto Ordenado) y su modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria mediante el procedimiento de Subasta Pública N° 392-0003-SPU25 para la venta en bloque de los inmuebles ubicados en Avenida Rivadavia N° 1.675/79, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una superficie aproximada según catastro de CUATROCIENTOS TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (403,92 m2), identificado catastralmente como: Circunscripción 14 – Sección 5 – Manzana 9 – Parcela 23 correspondiente al CIE Nº 0200002636/4; Avenida Rivadavia Nº 1.665, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con una superficie en estudio aproximada de UN MIL CUATROCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS (1.414,25 m2), identificado catastralmente como Circunscripción 14 – Sección 5 – Manzana 9 – Parcela 24 y correspondiéndole el CIE 0200002636/5, ascendiendo ambos inmuebles a una superficie total aproximada de UN MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS CON DIECISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (1.818,17 m2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177 Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022, su modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares identificado como PLIEG-2025-11132536-APN-DGA#AABE, que como ANEXO forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382/12, modificado por el artículo 57 de la Ley Nº 27.341.

ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Nicolás Alberto Pakgojz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/02/2025 N° 5319/25 v. 05/02/2025

Fecha de publicación 05/02/2025