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17 de Febrero de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 827/2025

DI-2025-827-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 30/01/2025

VISTO el EX-2024-139405534-APN-DVPS#ANMAT del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones referidas en el VISTO en virtud de una denuncia recibida por el Servicio de Domisanitarios dependiente del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, a partir de la cual se tomó conocimiento de la comercialización de productos de uso domestico sin registro ante ANMAT propiedad de la firma Industrias Promisur S.R.L.

Que motivaba dicha denuncia la legitimidad de productos de marcas “M.A2002” e “ip CLEAN” que se comercializaban en plataformas de venta digital, en las cuales se ofrecían productos de las marcas mencionadas como: limpiadores, desengrasantes, productos para acabado de superficies, de la marca M.A2002 y quitasarros, limpia piso, desodorante para piso, limpia vidrio y limpiadores de marca ip Clean, entre otros.

Que el Servicio mas arriba mencionado verificó que la titularidad de los productos citados correspondía a Industrias Promisur S.R.L., el cual se encuentra habilitado ante la ANMAT con Registro Nacional de Establecimiento N° 010046639.

Que actualmente la firma tiene registrados dos productos ante ANMAT: a) Silicona en aerosol para el acabado de superficies. Marca M.A2002. EE-2021-91083070; b) Desengrasante para multisuperficies. Marca Cremarras. TI N° 537/18.

Que sin embargo, los productos domisanitarios de marca ip CLEAN y M.A2002, a excepción de la silicona en aerosol (EE-2021-91083070-), detectados a la venta en plataformas digitales, no se encuentran registrados ante ANMAT.

Que posteriormente, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal realizó una inspección de fiscalización de producto mediante OI: 2024/2367-DVS-871 en sede del establecimiento Industrias Promisur S.R.L., sita en Berón de Astrada 2681, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de poder realizar el reconocimiento por parte de la firma de los productos provenientes de la denuncia.

Que al momento de la inspección el Director técnico de la firma no se encontraba en el establecimiento y la representante de la firma recibió a las inspectoras en una recepción, en la cual se encontraban exhibidos productos de la firma, a saber: shampoo para autos y productos para acabado de superficies de marca M.A2002; quitasarros, limpia piso, desodorante para piso, limpia vidrio, limpiadores de marca ip CLEAN, entre otros.

Que la comisión inspectora procedió a solicitar listados de los productos que elaboraba la firma y la representante entregó folletería en la cual se indicaban: desengrasantes, desinfectantes, desodorantes, limpiadores, de las marcas ip CLEAN y M.A2002.

Que la firma quedó inhibida de comercializar los productos domisanitarios sin registro ante ANMAT en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en tránsito interjurisdiccional, según consta en acta de inspección OI 2024/12367-DVS-871 (obrante en IF-2025-01614308-APN-DVPS#ANMAT).

Que por todo lo expuesto, la firma Industrias Promisur S.R.L incumplió el artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N° 709/98 y el artículo 1º de la Disposición ANMAT Nº 7292/98 y sus modificatorias por haber comercializado productos domisanitarios sin contar con los correspondientes registros ante ANMAT.

Que al tratarse de productos que carecen de registro sanitario, y por lo tanto se desconocen las condiciones de elaboración y su composición, no se puede garantizar su calidad, seguridad y eficacia.

Que en consecuencia, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal y el Servicio de Domisanitarios, sugirió: a) Prohibir la elaboración, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos identificados como limpiadores, desengrasantes, productos para acabado de superficies, de la marca M.A2002 y todo otro domisanitario sin registro de la mencionada marca, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados, exceptuándose el producto silicona en aerosol para el acabado de superficies, marca M.A2002, registrado bajo el EE-2021- 91083070; b) Prohibir la elaboración, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos identificados como quitasarros, limpia piso, desodorante para piso, limpia vidrio, limpiadores y todo otro domisanitario de marca ip Clean, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados; c) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma Industrias Promisur S.R.L., sita en Berón de Astrada 2681, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con RNE N° 010046639, como responsable de los productos mencionados y al Director Técnico por los incumplimientos a la normativa sanitaria aplicable que fueran señalados ut-supra; d) Prohibir la publicidad de los productos detallados en el ítem a) y b).

Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1490/92.

Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Prohíbese la elaboración, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos identificados como limpiadores, desengrasantes, productos para acabado de superficies, de la marca M.A2002 y todo otro domisanitario sin registro de la mencionada marca, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados, exceptuándose el producto silicona en aerosol para el acabado de superficies, marca M.A2002, registrado bajo el EE-2021- 91083070.

ARTICULO 2º.- Prohíbese la elaboración, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todos los lotes de los productos identificados como quitasarros, limpia piso, desodorante para piso, limpia vidrio, limpiadores y todo otro domisanitario de marca ip Clean, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados.

ARTÍCULO 3°- Instrúyase sumario sanitario a la firma Industrias Promisur S.R.L (CUIT N° 30-66313270-5), con domicilio en la calle Berón de Astrada 2681, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a su Director Técnico por incumplimiento a los artículos 1º de la Resolución ex MS y AS N° 709/98 y al artículo 1° de la Disposición ANMAT Nº 7292/98 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4°- Regístrese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dése a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.

Nelida Agustina Bisio

e. 05/02/2025 N° 5461/25 v. 05/02/2025

Fecha de publicación 05/02/2025