Edición del
21 de Marzo de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 19/2025

RESOL-2025-19-APN-SAGYP#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-67781190- -APN-DGDAGYP#MEC, la Resolución N° 71 de fecha 16 de octubre de 2024 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 71 de fecha 16 de octubre de 2024 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se incorporó al ganado Bubalino y Cérvido al Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino y se estableció la utilización de tecnología electrónica como herramienta de identificación individual obligatoria para la trazabilidad de ganados bovinos, bubalinos y cérvidos.

Que del proceso licitatorio iniciado para la implementación del referido Sistema Nacional establecido en la citada Resolución N° 71/24, ha resultado que el licitante comunicó formalmente su imposibilidad de cumplir con la entrega de los dispositivos en las condiciones, cantidades y plazos previstos en el Pliego.

Que, dada la proximidad de la fecha de entrada en vigencia de la norma en cuestión, resulta fácticamente imposible abastecer la demanda de dispositivos electrónicos necesarios conforme las condiciones, metodología, y tiempos previstos.

Que de acuerdo a lo expuesto, y con el fin de evitar generar inconvenientes a los productores ganaderos en el movimiento y traslado de hacienda al momento del destete; razones de oportunidad, mérito y conveniencia hacen necesario modificar la fecha de implementación de la obligatoriedad en el uso de la tecnología referida.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución N° 71 de fecha 16 de octubre de 2024 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA por el siguiente texto:

“ARTÍCULO 2°.- Establécese en el marco del mencionado Sistema Nacional la utilización de tecnología electrónica como herramienta de identificación individual obligatoria para la trazabilidad de ganados bovinos, bubalinos y cérvidos a partir del día 1 de enero de 2026, momento desde el cual los productores ganaderos deberán identificar todos los terneros/as al destete o al primer movimiento.

A partir de la fecha mencionada, el citado Sistema Nacional deberá registrar todos los movimientos de los animales de las categorías referidas en el presente artículo, de manera de garantizar la trazabilidad individual.”.

ARTÍCULO 2°.- Deróganse los Artículos 3°, 4° y 5° de la citada Resolución N° 71/24.

ARTÍCULO 3º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sergio Iraeta

e. 07/02/2025 N° 6389/25 v. 07/02/2025

Fecha de publicación 07/02/2025