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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

Resolución 32/2025

RESOL-2025-32-APN-SPYMEEYEC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-72853820-APN-DDCP#MEC, las Leyes Nros. 22.317 y sus modificatorias, 24.467 y sus modificatorias, 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, conforme el Artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos de los Decretos Nros. 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 y 1.131 de fecha 27 de diciembre de 2024, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y sus modificatorios, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 107 de fecha 26 de julio de 2024 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA intervenir en la elaboración de programas nacionales para la capacitación y asistencia técnica de los cuadros gerenciales, técnicos y profesionales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) así como también de los emprendedores.

Que por medio de la Ley N° 22.317 y sus modificatorias se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que dicho Régimen fue reglamentado por el Decreto N° 819 de fecha 13 de julio de 1998 y sus modificatorios.

Que mediante el inciso b) del Artículo 25 de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3° de la Ley N° 22.317 y sus modificatorias para la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES ($ 490.000.000).

Que por el Decreto N° 88 de fecha 26 de diciembre de 2023 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, regirían a partir del día 1° de enero de 2024, en virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

Que, en razón de dicho cupo anual, se dictó la Resolución N° 107 de fecha 26 de julio de 2024 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que rige la Convocatoria para la Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación - Convocatoria Año 2024, en el marco del Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el Régimen de Crédito Fiscal instituido por la Ley N° 22.317 y sus modificatorias.

Que, en el marco de dicha convocatoria, las áreas técnicas pertinentes han evaluado los proyectos presentados, formalizando un total de DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE (277) los que cumplieron con las condiciones previstas en las Bases y Condiciones aprobadas por la Resolución precedentemente citada.

Que, los proyectos formalizados se encuadran bajo la modalidad 1 - “CAPACITACIÓN DEL PERSONAL”, modalidad 3 - “CESIÓN DE GRANDES EMPRESAS Y/O MIPYMES A MIPYMES DE SU CADENA VALOR”, modalidad 4 - “CAPACITACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE GRUPOS ASOCIATIVOS MIPYMES” y modalidad 5 - “FORTALECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA LA CAPACITACIÓN PYME”, incluyendo actividades de capacitación abiertas, cerradas y asistidas, y la incorporación de equipamiento y/o adecuación de instalaciones, conforme la tipificación efectuada en los Artículos 7.1, 7.3, 7.4, 7.5, 8.1, 8.2, 8.3, 10, 11 y 12.1 del Anexo I de la mencionada resolución.

Que, allí se señaló que los efectos de la pre aprobación de los proyectos formalizados se ha confeccionado un orden de mérito de conformidad al puntaje de priorización recibido, conforme la aplicación de los criterios expresados en el Artículo 10 del Anexo I de la citada Resolución N° 107/24 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO.

Que de conformidad a los fundamentos expuestos mediante el informe (IF-2024-139485637-APN-DDCP#MEC) obrante en el expediente citado en el Visto, han sido pre aprobados CIENTO TRES (103) proyectos.

Que, por lo expuesto, resulta oportuno proceder a la aprobación de dichos proyectos, con asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 487.908.593,53) para los Proyectos de Capacitación presentados y pre aprobados en el marco de la tipificación establecida en los Artículos 7.1, 7.3, 7.4, 7.5, 8.1, 8.2, 8.3, 10, 11 y 12.1 del Anexo I de la Resolución N° 107/24 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO.

Que por el Decreto N° 1.131 de fecha 27 de diciembre de 2024 se estableció que las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, regirán a partir del día 1° de enero de 2025, en virtud de lo establecido por el Artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias, correspondiendo en consecuencia realizar la aprobación y asignación de cupo de los CIENTO TRES (103) proyectos pre aprobados y mencionados precedentemente con el cupo anual vigente para el presente ejercicio fiscal.

Que, las áreas técnicas competentes en la materia han tomado la intervención de sus competencias.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 22.317 y sus modificatorias, el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios, y la Resolución N° 107/24 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse los Proyectos de Capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo (IF-2024-138227158-APN-DDCP#MEC) que forma parte integrante de la presente medida, acorde a lo establecido en los Artículos 7.1, 7.3, 7.4, 7.5, 8.1, 8.2, 8.3, 10, 11 y 12.1 del Anexo I de la Resolución N° 107 de fecha 26 de julio de 2024 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, EMPRENDEDORES Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, los cuales accederán al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados.

ARTÍCULO 2°.- Asígnase un cupo de Crédito Fiscal por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 487.908.593,53), para los Proyectos de Capacitación aprobados por el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcos Martin Ayerra

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/02/2025 N° 9933/25 v. 21/02/2025

Fecha de publicación 21/02/2025