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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 86/2025

RESOL-2025-86-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 25/02/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2024-76651461-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2024-79863773-APN-SE#MEC, EX-2024-116728361-APN-SE#MEC, EX-2025-03035244-APN-DGDA#MEC y EX-2025-04179634-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A. solicita el cambio de categoría de Gran Usuario Mayor GUMA (APARESNY) a la de Autogenerador para su nueva Central Térmica de TREINTA Y NUEVE MEGAVATIOS (39 MW), ubicada en el Departamento Iguazú, Provincia de MISIONES, conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) a instalaciones de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) vinculada a la Estación Transformadora Wanda, jurisdicción de ENERGÍA DE MISIONES (EMSA).

Que mediante la Nota N° B-174984-1 de fecha 23 de julio de 2024, obrante en IF-2024-79865325-APN-SE#MEC del EX-2024-79863773-APN-SE#MEC, incorporado al presente expediente, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A. cumple, para su nueva Central Térmica, los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos para su ingreso y administración del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), como así también con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, Capítulo 2 y Anexos 1 y 2 de Los Procedimientos. Agrega CAMMESA que la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A. deberá cumplimentar con el equipamiento correspondiente para satisfacer los requerimientos del Anexo 24 de Los Procedimientos en lo referente al sistema de comunicaciones SCOM, SMEC y SOTR.

Que, el GUMA APARESNY se encuentra incorporado como nodo del Autogenerador Distribuido ARAUCO ARGENTINA S.A. y que, en tal sentido, el Autogenerador propuesto continuará conformando el mencionado Autogenerador Distribuido.

Que mediante la Nota de fecha 14 de octubre de 2024, obrante en el IF-2025-14742619-APN-DNRYDSE#MEC, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de la Provincia de MISIONES aprueba el estudio ambiental de la nueva Central Térmica.

Que la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.607 de fecha 11 de febrero de 2025 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A. el cambio de categoría de Gran Usuario Mayor GUMA (APARESNY) a la de Autogenerador para su nueva Central Térmica de TREINTA Y NUEVE MEGAVATIOS (39 MW), ubicada en el Departamento Iguazú, Provincia de MISIONES, conectada al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) a instalaciones de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) vinculada a la Estación Transformadora Wanda, jurisdicción de ENERGÍA DE MISIONES (EMSA).

El agente bajo su nueva condición de Autogenerador continuará conformando el Autogenerador Distribuido ARAUCO ARGENTINA S.A.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A., titular de la nueva Central Térmica en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa ARAUCO ARGENTINA S.A., a CAMMESA, a ENERGÍA DE MISIONES (EMSA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 26/02/2025 N° 11030/25 v. 26/02/2025

Fecha de publicación 26/02/2025