ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
EDICTO DE NOTIFICACIÓN (art.42 del DEC.1759/72)
Notifíquese a “RADIO 6 DE AGOSTO”, que en el expediente EX-2024-63949542- -APN-AGCCTYL#ENACOM se ha dictado la resolución RESOL-2024-1281-APN-ENACOM#JGM, de fecha 23/12/2024, y que en su parte resolutiva dice:
“ARTÍCULO 1º.- Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RADIO 6 DE AGOSTO”, que emite en la frecuencia 91.5 MHz, desde el domicilio sito en la calle sin nombre S/N°, 1° Piso, esquina calle La Paz, predio canchas de Futbol “6 DE AGOSTO”, de la localidad de INGENIERO BUDGE, provincia de BUENOS AIRES.ARTÍCULO 2º.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. ARTÍCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2°, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente. ARTÍCULO 4º.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes y cumplido archívese.” Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.
e. 13/03/2025 N° 14503/25 v. 17/03/2025
Fecha de publicación 13/03/2025