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12 de Marzo de 2025

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DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

Resolución 335/2025

RESOL-2025-335-APN-DNV#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-24331510- -APN-DNV#MEC del Registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA;

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el visto de la presente, se tramita la declaración del Estado de Emergencia Vial por CIENTO OCHENTA (180) días, prorrogable, en las rutas nacionales: RN N°3 - Tramo: EMP. RN 229 – EMP. RN 22 - Km 669.73 - km 718.53; RN N°33 – Tramo: EMP.R.N.3 (PJE. EL CHOLO) - EMP. EX R.N. 33 (D) - Km 0,00 – Km 8,34; RN N°35 -Tramo: BAHÍA BLANCA - ACCESO A VILLA IRIS - Km:8 - km 102.81; RN N°252 –Tramo: RN 3 PJE. EL GUANACO – PJE. LOMA PARAGUAYA - TRES ARROYOS – Km:0,00- km 9.42, como consecuencia del evento climático extraordinario que azotó a la región de Bahía Blanca el 07 de Marzo de 2025, lo que provocó el anegamiento y corte total de varias de las rutas nacionales en la Jurisdicción del 19° Distrito.

Que los inconvenientes que provocaron el corte parcial y/o total de las rutas nacionales incluyeron la socavación de terraplenes, pérdida de alcantarillas, socavación de estribos y accesos a obras de arte mayores, pérdida de paquete estructural, roturas de pavimentos; baches; presencia de agua sobre la calzada; obras de arte siniestradas, calzadas parcialmente obstruidas por presencia de elementos arrastrados por la corriente de agua, entre otros.

Que el 19º DISTRITO BAHÍA BLANCA, con el objeto de resguardar la seguridad de los usuarios, comenzó, por Administración, con las tareas de señalización y adecuación de desvíos para ir restaurando paulatinamente la circulación a través de las Rutas Nacionales, comenzando por aquellas de mayor volumen tránsito.

Que, hasta el momento, se ha podido materializar y señalizar el desvió a la altura del km 674 por la calzada ascendente de la Autovía de la RN N°3; habilitar y señalizar provisoriamente la RN N°3, en el Km 711.800, restituyendo el tránsito desde y hacia el sur del país.

Que, es importante destacar que producto del citado temporal cuyo epicentro se ubicó en la localidad homónima, con una precipitación acumulada de 290 mm, aproximadamente, en tan solo 12 horas, lo que provocó la inundación del casco urbano, el anegamiento de las vías de comunicación, el desborde de canales y arroyos, el colapso de los servicios públicos, la evacuación de más de 1300 personas y lamentables pérdidas humanas.

Que la GERENCIA EJECUTIVA DE PROYECTOS Y OBRAS y la COORDINACIÓN TÉCNICA DE DISTRITOS prestaron su conformidad a la presente solicitud de emergencia vial.

Que la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO considera que están dadas las condiciones para declararse la Emergencia Vial en las rutas nacionales: RN N°3 - Tramo: EMP. RN 229 – EMP. RN 22 - Km 669.73 - km 718.53; RN N°33 – Tramo: EMP.R.N.3 (PJE. EL CHOLO) - EMP. EX R.N. 33 (D) - Km 0,00 – Km 8,34; RN N°35 -Tramo: BAHÍA BLANCA - ACCESO A VILLA IRIS - Km:8 - km 102.81; RN N°252 –Tramo: RN 3 PJE. EL GUANACO – PJE. LOMA PARAGUAYA - TRES ARROYOS – Km:0,00- km 9.42, en la Provincia de Buenos Aires; por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la firma de la presente Resolución, prorrogables.

Que de acuerdo a lo expuesto precedentemente y conforme a lo manifestado en los informes técnicos de las dependencias competentes, resulta necesario autorizar a la Jefatura del 19° Distrito - BAHÍA BLANCA, a realizar el procedimiento de selección bajo la modalidad de Emergencia previsto por la norma del inciso d) apartado 5 del art. 25 del Decreto 1023 del 16 de agosto de 2001, en concordancia con los artículos 14, 19 subsiguientes y concordantes del Decreto Reglamentario N° 1030 del 16 de septiembre de 2016, con los recaudos que allí se establecen, sea para la contratación de servicios tendientes a realizar estudios los correspondientes, elaboración de proyectos de reparación y reacondicionamiento de la zona afectada, reparación, adquisición y/o alquiler de equipos viales, adquisición de materiales, obras y todo lo que fuera necesario para atender la Emergencia Vial.

Que el 19° DISTRITO BAHÍA BLANCA, la GERENCIA EJECUTIVA DE PROYECTOS Y OBRAS, la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIONES Y MANTENIMIENTO, la COORDINACIÓN TÉCNICA DE DISTRITOS, GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 7 inc. d) y 9 inc. g) del Decreto Ley N° 505/58, ratificado por Ley N° 14.467, Ley N° 16.920 y Decreto N° 613/2024.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Declárase el Estado de Emergencia Vial en Jurisdicción de la Provincia de BUENOS AIRES, jurisdicción del 19° Distrito - BAHÍA BLANCA, por CIENTO OCHENTA (180) días a partir de la suscripción de la presente, prorrogables, en los sectores comprendidos en RN N°3 - Tramo: EMP. RN 229 – EMP. RN 22 - Km 669.73 - km 718.53, RN N°33 – Tramo: EMP.R.N.3 (PJE. EL CHOLO) - EMP. EX R.N. 33 (D) - Km 0,00 – Km 8,34, RN N°35 -Tramo: BAHÍA BLANCA - ACCESO A VILLA IRIS - Km:8 - km 102.81 RN N°252 –Tramo: RN 3 PJE. EL GUANACO – PJE. LOMA PARAGUAYA - TRES ARROYOS – Km:0,00- km 9.42, como consecuencia de las fuertes inclemencias climáticas, ocurridas el 07 de Marzo de 2025, ocasionando intensas precipitaciones, desencadenaron la inundación del casco urbano, causando el corte parcial y/o total de las rutas nacionales incluyeron la socavación de terraplenes, pérdida de alcantarillas, socavación de estribos y accesos a obras de arte mayores, pérdida de paquete estructural, roturas de pavimentos; baches; presencia de agua sobre la calzada; obras de arte siniestradas, calzadas parcialmente obstruidas por presencia de elementos arrastrados por la corriente de agua, entre otros.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Jefatura del 19° Distrito - BAHÍA BLANCA, a iniciar los procesos de selección bajo la modalidad de Emergencia, previsto en el inciso d) apartado 5 del artículo 25 del Decreto N° 1023/01, en concordancia con los artículos 14, 19 subsiguientes y concordantes del Decreto Reglamentario N° 1030/16, y normativa modificatoria y complementaria vigente en materia de contrataciones, para la contratación de servicios tendientes a realizar estudios los correspondientes, elaboración de proyectos de reparación y reacondicionamiento de la zona afectada, reparación, adquisición y/o alquiler de equipos viales, adquisición de materiales, obras y todo lo que fuera necesario para atender la Emergencia Vial.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese por intermedio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quien comunicará mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica (G.D.E. - C.C.O.O.) a la GERENCIA EJECUTIVA REGIONAL, a la GERENCIA EJECUTIVA DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, a la GERENCIA EJECUTIVA DE PROYECTOS Y OBRAS, al 19º DISTRITO BAHÍA BLANCA, y pase a esta última a sus efectos.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese, comuníquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.

Marcelo Jorge Campoy

e. 14/03/2025 N° 14840/25 v. 14/03/2025

Fecha de publicación 14/03/2025