ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 369/2025
RESOL-2025-369-APN-ENACOM#JGM FECHA 20/02/2025
EX-2025-16469618- -APN-SDYME#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Rectifícar el ARTÍCULO 1° de la Resolución N° 350-ENACOM/25, el que quedará redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el Artículo 1º de la Resolución Nº 465-AFSCA/10, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- Los titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual y los titulares de señales registradas deberán presentar la programación y horarios de cada año antes de su entrada en vigencia y hasta los primeros 15 días corridos del año de que se trate. Cuando se prevean modificaciones tanto del horario como de la programación, se deberá comunicar a este Organismo. como al público en general, con una antelación de al menos 24 horas previas a la emisión del programa.” 2.- Rectificar el ARTÍCULO 2° de la Resolución N° 350-ENACOM/25, el que quedará redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO 2º.- Modifícar el Artículo 1° de la Resolución N° 796-AFSCA/15 que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1º.- Los titulares de servicios de comunicación audiovisual de televisión abierta y los titulares de señales no exceptuadas por el artículo 9 de la ley 26.522 deberán consignar en la programación que deben presentar frente a la autoridad de aplicación en los términos del artículo 85 de la ley, las emisiones habladas originalmente en idioma extranjero que han sido objeto de doblaje en la República Argentina, en los términos de lo previsto por la Ley N° 23.316 y el Decreto N° 933/13”. 3.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese. Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.
e. 25/03/2025 N° 17107/25 v. 25/03/2025
Fecha de publicación 25/03/2025