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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1421/2025

RESOL-2025-1421-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2025

VISTO el EX-2025-10134451-APN-DA#INC, La Ley N° 27.285, los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, N° 1286 del 9 de septiembre de 2010, N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio N° 1058 del 28 de noviembre de 2024, Nº 958 del 25 de octubre de 2024, N° 1148 del 30 de diciembre de 2024, las Decisiones Administrativas N° 23 del 18 de enero de 2019 y N° 1246 del 14 de diciembre de 2022, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 27 de mayo de 2021, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 20 del 15 de noviembre de 2024, la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER N° 45 del 23 de mayo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 2° del Decreto N° 958/2024, se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, a efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que por el Decreto N° 1148/2024 se estableció en su Artículo 1° que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.

Que en el Artículo 2° inciso c) del mentado Decreto N° 1148/2024 se dispusieron las excepciones a lo previsto en el Artículo 1°, quedando exceptuadas las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que mediante el Decreto N° 1286/2010 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER como organismo desconcentrado en el ámbito de este Ministerio.

Que por la Ley N° 27.285, en su Artículo 1°, se estableció que el mencionado Instituto es un organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, con personería jurídica propia y con un régimen de autarquía funcional, administrativa, económica y financiera, en jurisdicción de este Ministerio.

Que por la Decisión Administrativa Nº 23/2019 se aprobó la estructura organizativa del mencionado Instituto Nacional.

Que por el Decreto Nº 50/2019 se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por Decreto N° 1058/2024 se adecuó el referido Organigrama de Aplicación, los Objetivos y el ámbito jurisdiccional de actuación de organismos desconcentrados y descentralizados de este MINISTERIO DE SALUD y se estableció que el INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER actúa en la órbita de la SECRETARIA DE GESTIÓN SANITARIA de este Ministerio.

Que por la Decisión Administrativa N° 1246/2022 se designó, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director de Administración del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER al licenciado Ariel Matías GABETTA (DNI Nº 28.737.209).

Que la mentada Decisión Administrativa N° 1246/2022 ha sido prorrogada en último término, hasta el 3 de febrero de 2025, por conducto de la Disposición del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER N° 45/2024.

Que no habiendo operado la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado de la Decisión Administrativa N° 1246/2022, se solicita la prórroga de la designación del mencionado agente, en los mismos términos del nombramiento original.

Que la SECRETARÍA GESTIÓN SANITARIA de este Ministerio intervino en el ámbito de su competencia, prestando su conformidad.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 2º de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53/2021.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención que le compete.

Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2° del Decreto N° 958/2024.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dase por prorrogada, a partir del 04 de febrero de 2025 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por conducto de la Decisión Administrativa N° 1246/2022, del licenciado Ariel Matías GABETTA (DNI N° 28.737.209) en el cargo de Director de Administración del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER, organismo descentralizado en órbita de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA de este Ministerio, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, por los motivos enunciados en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Se prevé que el cargo involucrado en el Artículo 1º deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II -Capítulos III, IV y VIII- y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 4 de febrero de 2025.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80, Entidad 915 – INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER.

ARTÍCULO 4°.- Deberá comunicarse a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, dentro de los CINCO (5) días de dictada la presente

ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Iván Lugones

e. 10/04/2025 N° 22209/25 v. 10/04/2025

Fecha de publicación 10/04/2025