AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
NOTIFICASE al exagente de la ex ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, actual AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO, Pablo BARATTO GARCÍA (DNI N° 18.887.485 - Legajo N° 41754/23), la Disposición DI-2022-449-E-AFIP-SDGRHH dictada por la entonces Subdirección General de Recursos Humanos el 28 de septiembre de 2022 en el marco del Sumario Administrativo N° 2831/19, cuya parte dispositiva en lo que se refiere al nombrado se trascribe a continuación: “ARTÍCULO 1°.-Dar por finalizado definitivamente el presente Sumario Administrativo N° 2831/19, declarando la existencia de responsabilidad disciplinaria del exagente Pablo BARATTO GARCÍA (Legajo N° 41754/23), por los hechos investigados en las presentes actuaciones. ARTÍCULO 2°.-Dejar constancia en el legajo personal del exagente Pablo BARATTO GARCÍA (Legajo N° 41754/23) que de haber continuado prestando servicios en el Organismo, le hubiese correspondido la aplicación de la sanción disciplinaria de CESANTÍA, por encuadrar su conducta en las previsiones del inciso 5) del artículo 9° del RÉGIMEN DISCIPLINARIO UNIFICADO aprobado por el Anexo I de la Disposición N° 185/10 (AFIP), por el incumplimiento de los deberes contenidos en el artículo 8°, incisos a), b) y w), y violación de las prohibiciones del artículo 9° inciso h) del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Laudo 15/91. ARTÍCULO 3°.- Declarar la inexistencia de perjuicio fiscal. ARTÍCULO 4°.-Hacer saber al exagente Pablo BARATTO GARCÍA que el presente acto agota la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración, de conformidad con lo establecido por el artículo 84 del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS aprobado por el Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017), recurso de alzada o la acción judicial pertinente, de acuerdo a lo determinado por el artículo 94 y siguientes del citado Decreto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 inciso a) de la Ley N° 19.549. ARTÍCULO 5º.-Comunicar al nombrado que el recurso de reconsideración deberá ser interpuesto dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos (conf. art. 84 del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, aprobado por Decreto Nº 1759/72 t.o. 2017); el recurso de alzada dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles administrativos (conf. arts. 94 a 98 del mismo cuerpo normativo) y la acción judicial dentro de los NOVENTA (90) días hábiles judiciales, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 25 inciso a) de la LEY NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS N° 19.549. En dichos supuestos, los plazos comenzarán a contarse a partir del primer día hábil siguiente al de la notificación de la presente. ARTÍCULO 6°.-Notifíquese la presente disposición al agente sumariado y a la PROCURADURÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS por intermedio de la Dirección de Personal, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 20 del Anexo I del RÉGIMEN DISCIPLINARIO UNIFICADO, aprobado por la Disposición N° 185/2010 (AFIP), pasen las actuaciones a la Dirección de Sumarios Administrativos, remítase copia de este acto administrativo a la Junta de Disciplina, y cumplido, archívese. Firmado RODRIGUEZ, MARIA CECILIA. Subdirectora General Subdirección General de Recursos Humanos Administración Federal de Ingresos Públicos.” Asimismo, se hace saber que atento las reformas introducidas por la Ley N° 27.742 y el Decreto N° 695/24 a la Ley N° 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 (T.O. 2017), respectivamente, el plazo para interponer recurso de reconsideración y/o alzada será de VEINTE (20) ó TREINTA (30) días hábiles administrativos, respectivamente, ambos computados a partir del primer día hábil siguiente al de su notificación, mientras que la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales, en lugar de los consignados en el ARTICULO 5° de la Disposición en trato.
NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.
Silvia Roxana Colacilli, Jefa de División, División Tramitaciones.
e. 10/04/2025 N° 22264/25 v. 14/04/2025
Fecha de publicación 11/04/2025