COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE
Disposición 8/2025
DISFC-2025-8-APN-DE#CNA
Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-24662501- -APN-DE#CNA
y, CONSIDERANDO:
Que, por conducto de la Ley N° 26.161, se aprobó la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, adoptada en la 33° Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-, llevada a cabo el 19 de octubre de 2005. Que, en consonancia con los compromisos asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en materia de lucha y prevención del dopaje en el deporte, por el artículo 79, del Capítulo I, Título IV de la Ley N° 26.912 y sus modificatorias, se creó la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, la cual tiene a su cargo las funciones de organización nacional antidopaje, definidas en el Apéndice 1 del Código Mundial Antidopaje.
Que, el artículo 1° del Decreto N° 649/18, define que la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE actúa como una organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, de acuerdo al régimen establecido en el inciso c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.
Que, por el artículo 81 de la Ley Nº 26.912 y sus modificatorias, se estableció que la citada COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, estará integrada por un (1) Directorio Ejecutivo, que entenderá en el cumplimiento de los objetivos de la citada Comisión previstos en el artículo 80 de la referida ley y de las demás funciones asignadas a ella en dicho régimen.
Que, en virtud de dicha normativa, presidente de esta Comisión Nacional Antidopaje, tendrá rango y jerarquía de Subsecretario o Subsecretaria.
Que, en virtud del artículo 81 de la Ley 26.912, los miembros del Directorio Ejecutivo de esta Comisión Nacional Antidopaje, son designados por el Poder Ejecutivo nacional, a propuesta de la Secretaría de Ambiente, Turismo y Deporte.
Que por los Decretos N° 837/22 y 39/2025, se designaron los miembros del Directorio Ejecutivo, integrado por UN (1) Presidente, UN (1) Secretario, UN (1) Tesorero y TRES (3) Vocales.
Que, la operatoria y funcionamiento de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE se rige por su ley de creación, por las Disposiciones CNAD Nº 1/2018 y N°67/2022 y demás reglamentos y/o procedimientos que en consecuencia se dicten.
Que, la Disposición CNAD N° 67/22, aprobó la estructura de segundo nivel operativo y delineó en detalle las acciones principales, responsabilidades y objetivos de las autoridades que componen la estructura de la Comisión Nacional Antidopaje, entre ellas como parte integrante de dicha estructura, se creó la Coordinación de Contabilidad.
Que, por su parte, el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 establece que: “La competencia de los órganos administrativos será la que resulte, según los casos, de la Constitución Nacional, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Su ejercicio constituye una obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la delegación o sustitución estuvieren expresamente autorizadas. ….”.
Que, el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72- T.O. 2017, establece que : “ … El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior. …”.
Que, el artículo 1 del Decreto N° 1102/81, dispone: “ … Los Ministros, Secretarios Ministeriales, Secretarios y Jefe de la Casa Militar de la Presidencia de la Nación y titulares de los organismos descentralizados, en tanto no exista otra disposición legal o reglamentaria que lo determine, quedan facultados, en caso de vacancia de cargos de Jefatura o Subjefatura de Unidades Orgánicas de nivel no inferior a Departamento o equivalente, o ausencia temporaria de sus titulares, a disponer su cobertura mediante la asignación transitoria de funciones a personal que reviste en calidad de permanente y goce de estabilidad.
Que, mediante nota N° NO-2025-20895577-APN-T#CNA, la Sra. PAULA MARIANA SAVARIANO (DNI.28.409.820) presentó su renuncia al cargo de Tesorera con fecha efectiva a partir del 01 de marzo de 2025, inclusive.
Que, en virtud de la importancia de asegurar la continuidad de las tareas y de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912 y la Disposición CNAD N° 67/2022, resulta necesario tomar las medidas pertinentes para garantizar el adecuado funcionamiento de la Comisión.
Que, en este contexto, y a fin de evitar el desajuste en las funciones operativas y administrativas del organismo, se considera pertinente delegar de manera transitoria las responsabilidades de Tesorería en la Coordinación de Contabilidad, hasta tanto se designe un reemplazante definitivo para el cargo vacante.
Que, dicha medida permitirá continuar con la gestión administrativa de manera eficiente y en cumplimiento con la normativa vigente.
Que, en atención a lo anterior, el Anexo II de la Disposición CNAD N° 67/2022, fue modificada mediante la Disposición CNAD N° 106/2024 en lo que respecta a las acciones de la Coordinación de Contabilidad conforme la cual estipuló lo siguiente: “… 10. Únicamente en caso de vacancia del/la titular del área de Tesorería de la Comisión Nacional Antidopaje y de manera excepcional y transitoria habiendo mediado delegación previa por acto administrativo del Directorio Ejecutivo del organismo u autoridad que pudiera reemplazarlo en el futuro, la Coordinación de Contabilidad podrá intervenir en las cuestiones urgentes atinentes a la Tesorería mediante la firma del despacho, pagos bancarios y de toda índole, como así también la resolución de asuntos concernientes al ejercicio de las acciones que son propias de dicho cargo vacante conforme la normativa vigente. …”.
Que, actualmente conforme lo estipulado en la Disposición N°81/2024 (DISFC-2024-81-APN-DE#CNA), la Coordinación de Contabilidad de esta Comisión Nacional Antidopaje, se encuentra a cargo de la Sra. Pía Solana Planas Bathiche (DNI: 35.313.838).
Que, en el marco de la vacancia en el cargo del área de Tesorería, el Directorio Ejecutivo de esta Comisión Nacional Antidopaje, mediante Acta N° 107 (IF-2025-35238067-APN-DE#CNA), resolvió delegar transitoriamente en la Coordinación de Contabilidad las funciones relacionadas con la Tesorería, a partir del 01 de marzo de 2025, inclusive.
Que, la delegación de dichas funciones incluye la firma del despacho y la resolución de los asuntos concernientes a la Tesorería, hasta tanto se efectúe la designación de un reemplazante para el cargo de Tesorero saliente.
Que, además, se resolvió convalidar todo lo actuado por la Coordinadora de Contabilidad en el ejercicio de dichas funciones desde el 01 de marzo, inclusive, asegurando así la continuidad de las actividades operativas y administrativas de la Comisión Nacional Antidopaje en materia de Tesorería.
Que ha tomado la intervención de su competencia la COORDINACION DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE.
Que la presente, se dicta en virtud de las facultades que le son propias, previstas por la Ley N° 26.912 y sus modificatorias, y el artículo 1ro del Decreto 649/18.
Por ello,
EL DIRECTORIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º: Delegar transitoriamente a partir del día 01 de marzo de 2025, inclusive, en la Coordinación de Contabilidad de esta Comisión Nacional Antidopaje, actualmente a cargo de Sra. Pía Solana Planas Bathiche (DNI.: 35.313.838.) en virtud de la vacancia en el área de Tesorería con motivo de la renuncia de la Sra. Sra. PAULA MARIANA SAVARIANO (DNI.28.409.820), y, hasta tanto opere la designación para ocupar la vacante del referido Tesorero saliente, las acciones en las cuestiones urgentes atinentes a la Tesorería mediante la firma del despacho, pagos bancarios y de toda índole, como así también la resolución de asuntos concernientes al ejercicio de las acciones que son propias de dicho cargo vacante conforme lo dispuesto por la Disposición CNAD N° 67/22 y su modificatoria la Disposición CNAD N° 106/24 y demás normativa vigente y concordante.
ARTÍCULO 2°: Convalidar todo lo actuado por la Coordinadora de Contabilidad desde el 01 de marzo de 2025, inclusive, en el ejercicio de las funciones transitoriamente delegadas hasta la fecha de la designación del nuevo Tesorero.
ARTÍCULO 3º: Lo estipulado en el artículo 1 de la presente, quedará sin efecto de manera automática, ante el cese de dicho cargo vacante, por la designación mediante el correspondiente acto administrativo de quien ocupe el cargo como titular del área de Tesorería previamente vacante.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, Notifíquese a la Unidad de Auditoría Interna, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.
Mariana Soledad Galván - Diego Grippo - Diego Lennon - Silvina Lara Valoppi
e. 22/04/2025 N° 24992/25 v. 22/04/2025
Fecha de publicación 22/04/2025