ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 2834/2025
DI-2025-2834-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2025
VISTO el Expediente EX-2025-24492831- -APN-DVPS#ANMAT y;
CONSIDERANDO
Que las actuaciones citadas en el VISTO se iniciaron en virtud de una denuncia efectuada que llego a la casilla de correo de Cosmetovigilancia en relación a los productos de la marca MYKONOS. Se pudo constatar la oferta en diversos canales electrónicos de productos de la citada marca sin inscripción sanitaria, los cuales se encuentran identificados como: MASCARILLA CAPILAR RESTAURACIÓN TOTAL Y BRILLO EXTREMO marca MYKONOS - SERUM ANTICAIDA Y CRECIMIENTO EXTREMO marca MYKONOS - SHAMPOO ANTICAIDA Y CRECIMIENTO EXTREMO marca MYKONOS - CREMA PARA PEINAR TRIPLE ACCION marca MYKONOS - ACONDICIONADOR ANTICAIDA Y CRECIMIETO EXTREMO marca MYKONOS - ORO LIQUIDO PROTECTOR TERMICO Y RESTAURACIÓN marca MYKONOS.
Que, a su vez, se consultó la base de datos de cosméticos inscriptos ante la ANMAT, en la cual no se hallaron productos cuyos datos identificatorios se correspondan con los obrantes en el rotulado de los citados cosméticos.
Que, en consecuencia, se dio intervención al PROGRAMA DE MONITOREO Y FISCALIZACIÓN DE PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN DE PRODUCTOS SUJETOS A VIGILANCIA SANITARIA a fin de que se gestionen las bajas de las citadas publicaciones de venta electrónica.
Que, por lo expuesto, con la finalidad de advertir a la población, a fin de proteger a eventuales usuarios de los efectos derivados del uso de los productos involucrados, toda vez que se trata productos ilegítimos, no inscriptos ante la ANMAT, para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia para los que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable sugirió prohibir el uso, la comercialización, publicidad y publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los productos; MASCARILLA CAPILAR RESTAURACIÓN TOTAL Y BRILLO EXTREMO marca MYKONOS - SERUM ANTICAIDA Y CRECIMIENTO EXTREMO marca MYKONOS - SHAMPOO ANTICAIDA Y CRECIMIENTO EXTREMO marca MYKONOS - CREMA PARA PEINAR TRIPLE ACCION marca MYKONOS - ACONDICIONADOR ANTICAIDA Y CRECIMIETO EXTREMO marca MYKONOS - ORO LIQUIDO PROTECTOR TERMICO Y RESTAURACIÓN marca MYKONOS, hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario e informar la medida a todas autoridades sanitarias jurisdiccionales.
Que finalmente, cabe señalar que esta Administración Nacional es competente para su dictado en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1.490/92.
Que la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Prohíbese el uso, la comercialización, publicidad y publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional de los productos; MASCARILLA CAPILAR RESTAURACIÓN TOTAL Y BRILLO EXTREMO marca MYKONOS - SERUM ANTICAIDA Y CRECIMIENTO EXTREMO marca MYKONOS - SHAMPOO ANTICAIDA Y CRECIMIENTO EXTREMO marca MYKONOS - CREMA PARA PEINAR TRIPLE ACCION marca MYKONOS - ACONDICIONADOR ANTICAIDA Y CRECIMIETO EXTREMO marca MYKONOS - ORO LIQUIDO PROTECTOR TERMICO Y RESTAURACIÓN marca MYKONOS hasta tanto obtenga su correspondiente registro sanitario
ARTÍCULO 2º: Regístrese. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a las del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a quienes corresponda. Comuníquese a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de sumarios a sus efectos.
Nelida Agustina Bisio
e. 05/05/2025 N° 28111/25 v. 05/05/2025
Fecha de publicación 05/05/2025