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8 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 297/2025

RESOL-2025-297-APN-INCAA#SC

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2025

VISTO el EX-2025-43547562- -APN-SGTYC#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024, la Resolución INCAA N° 453 de fecha 30 de julio de 2024 y la Disposición de la Gerencia General INCAA N° 73 de fecha 12 de Diciembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.

Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y otorgar premios.

Que mediante Resolución INCAA N° 453/2024 aprueba los Lineamientos Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las bases para la realización de concursos destinados a promover la cultural en todo el país, con el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual, sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.

Que según Disposición INCAA N° 73/2024 se registra el convenio identificado como CONVE-2024-135668488-APN-INCAA#SC celebrado entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) y TEATRO CERVANTES DE MÁLAGA E INICIATIVAS AUDIOVISUALES S.A. (MÁLAGA PROCULTURA) con el propósito de promover y difundir la producción audiovisual de la República Argentina, haciendo especial énfasis en la identificación de talentos y en la aplicación de nuevas tecnologías en la creación y difusión de contenidos audiovisuales, aunando esfuerzos, voluntades, conocimientos, experiencia y recursos para la realización de la actividad denominada “HACK” del Festival de Málaga en una versión dedicada a participantes argentinos a través de la realización de diferentes desafíos.

Que en el marco de dicho convenio, ha sido diseñado el concurso “INCAA IMPULSA” con el objetivo de identificar y acompañar a jóvenes creadores audiovisuales emergentes, mediante una instancia formativa y competitiva compuesta por desafíos creativos y participativos.

Que resulta necesario convocar a creadores argentinos a participar en el concurso “INCAA IMPULSA”, con el fin de impulsar el desarrollo de sus trayectorias profesionales y fomentar el espíritu emprendedor en la industria creativa, promoviendo la exploración de nuevas formas de producción y generación de contenidos.

Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete.

Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del “CONCURSO INCAA IMPULSA 2025”.

ARTÍCULO 2º.- Llamar a CREADORES argentinos mayores de 18 años y hasta 28 años inclusive, a presentarse al concurso “INCAA IMPULSA 2025” quienes formarán parte de la Comunidad Virtual a través del canal digital que se establezca una vez cumplido el cierre de la Convocatoria del Concurso y aprobar las BASES Y CONDICIONES que obran como Anexo I según IF-2025-44381234-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas del día 15 de mayo del 2025 hasta las 14 horas del día 15 de junio del 2025, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.

ARTÍCULO 4º.- Determinar que la participación en la presente convocatoria implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 5º.- Establecer que el otorgamiento del premio estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Organismo.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Carlos Luis Pirovano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/05/2025 N° 29013/25 v. 07/05/2025

Fecha de publicación 07/05/2025