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8 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA COLÓN

“-----Se pone en conocimiento del Sr. Juan Carlos ÁVALOS (D.N.I. Nº 20.182.623), que en el marco de la Actuación Nº 12459-470-2017 (013-SC-9-2022/2) y mediante RESOL-2024-624-E-AFIP-ADCOLO#SDGOAI de fecha 19 de diciembre de 2024 (obrante a fojas 48 y 49), firmada por Hugo Ramón Marsilli, Administrador de la Aduana de Colón, se ha resuelto el ARCHIVO de la Actuación por la presunta comisión de la infracción prevista y penada en el art. 987 del Código Aduanero (Ley Nº 22.415 .-) Se le HACE SABER al nombrado que dentro del perentorio término de TREINTA (30) DÍAS hábiles contados a partir de la publicación del presente, previo pago de los tributos liquidados y cumplimiento de los requisitos exigidos para su importación (intervenciones, certificados), podrá retirar la mercadería involucrada en el estado en que se encuentra, bajo apercibimiento de tener a la misma por abandonada a favor del Estado Nacional, poniéndola inmediatamente a disposición de la SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y/o en su defecto, ordenar su COMERCIALIZACIÓN conforme al trámite previsto en la Ley Nº 25.603 y -supletoriamente- en los arts. 429, siguientes y concordantes del Código Aduanero (Ley Nº 22.415), en los casos que corresponda, sin perjuicio de efectuar su DESTRUCCIÓN si resultare no apta o prohibida su comercialización (arts. 448 y 451 de mismo cuerpo legal); todo ello dando pleno cumplimiento a las normas vigentes de aplicación (conf. ap. “I” de la IG-2023-2-E-AFIP-DGADUA.) Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-

Hugo Ramon Marsilli, Administrador de Aduana.

e. 07/05/2025 N° 29168/25 v. 07/05/2025

Fecha de publicación 07/05/2025