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9 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 128/2025

RESFC-2025-128-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2025

VISTO el EX-2022-63413635-APN-DCT#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, su reglamentación aprobada por Decreto Nº 16/2019, y la Resolución Nº 82/2022 del registro de este INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI); y

CONSIDERANDO

Que entre las facultades que la Ley Nº 27.447 le confiere a este Organismo Nacional, se encuentra la del dictado de las normas técnicas a las que deberá responder la obtención y utilización de órganos, tejidos y células para trasplante.

Que la DIRECCIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA propone efectuar modificaciones a la Resolución INCUCAI N° 82/2022 regulatoria de la práctica de ablación e implante de hígado, en lo que respecta a la categoría “SITUACIONES ESPECIALES”, las que cuales son determinadas por aquellas condiciones clínicas en las que el puntaje PELD/MELD-sodio no refleja el riesgo de mortalidad del paciente en lista de espera, cuya clasificación y tratamiento se detallan en el ANEXO IV de la citada norma.

Que la COMISIÓN ASESORA DE TRASPLANTE HEPÁTICO y el COMITÉ DE BIOÉTICA de este Organismo Nacional, han tenido la participación correspondiente a sus respectivas incumbencias.

Que la DIRECCIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (CO.FE.TRA.) ha brindado el asesoramiento previsto en el artículo 57, apartado 4 y concordantes y en el artículo 61 de la Ley Nº 27.447, en la reunión llevada a cabo el 13 de febrero de 2025.

Que se actúa en el marco de las competencias otorgadas por el artículo 57 de la Ley Nº 27.447 y el artículo 3 del Decreto Nº 16/2019.

Que la medida que se adopta ha sido resuelta por el DIRECTORIO del INCUCAI en su sesión ordinaria del día 7 de mayo de 2025, conforme surge del texto del Acta Nº 18.

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el ANEXO IV (IF-2022-114416660-APN-DCT#INCUCAI) de la Resolución INCUCAI N° 82/2022, correspondiente a la clasificación y tratamiento de las denominadas “SITUACIONES ESPECIALES”, por el ANEXO IV (IF-2025-43976244-APN-DCT#INCUCAI) que se aprueba por esta norma.

ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones contenidas en la resente resolución entrarán en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Notifíquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese.

Gabriela Hidalgo - Richard Malan - Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/05/2025 N° 30173/25 v. 09/05/2025

Fecha de publicación 09/05/2025