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9 de Mayo de 2025

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Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO

Disposición 117/2025

DI-2025-117-APN-DTRT#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2025

VISTO el EX-2024-48544920- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017), la DI-2024-88-APN-DNRYRT#MCH, la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DI-2024-138-APN-DTRT#MCH, se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la DI-2024-88-APN-DNRYRT#MCH y registrado bajo el Nº 1348/24, celebrado entre la FEDERACIÓN TRABAJADORES PASTELEROS, SERVICIOS RÁPIDOS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (F.T.P.S.R.C.H.P.Y.A) y la ASOCIACIÓN FABRICANTES ARTESANALES DE HELADOS Y AFINES (A.F.A.D.H.Y.A.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 273/96.

Que en relación a ello, corresponde señalar que se han advertido un error material involuntario en el considerando primero y en el anexo DI-2024-131077498-APN-DTRT#MCH de la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH.

Que en dicho considerando primero se consignó erróneamente el número de convenio en el cual se enmarca el acuerdo Nº 1348/24, indicándose “Convenio Colectivo de Trabajo Nº 276/96”, cuando debía indicase “Convenio Colectivo de Trabajo Nº 273/96”.

Que, a su vez, en dicho anexo DI-2024-131077498-APN-DTRT#MCH se indicó “CCT Nº 276/96”, cuando debía indicase “CCT Nº 273/96”

Que por lo tanto corresponde enmendar dicho error material mediante el dictado de la presente.

Que la enmienda que se efectúa no altera la sustancia de la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH conservando plena eficacia.

Que la presente se dicta conforme a lo establecido por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1.759 del 3 de abril de 1972 (t.o. 2017).

Que mediante el Decreto DECTO-2024-862-APN-PTE, de fecha del 30 de septiembre del 2024, la ex Dirección de Normativa Laboral, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, paso a denominarse Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, manteniendo sus funciones.

Que la presente se dicta en orden a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y por delegación efectuada por Disposición DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, prorrogada por sus similares DI-2022-3730-APN-DNRYRT#MT, DI-2023-213-APN-DNRYRT#MT y DI-2024-107-APN-DNRYRT#MT, conforme a la Resolución RESOL-2021-301-APN-MT.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN TÉCNICA SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Rectificase el considerando primero de la Disposición la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH reemplazando en donde se dice “Convenio Colectivo de Trabajo Nº 276/96” por “Convenio Colectivo de Trabajo Nº 273/96”.

ARTÍCULO 2º.- Rectificase el anexo DI-2024-131077498-APN-DTRT#MCH de la Disposición la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH reemplazando en donde se dice “CCT Nº 276/96”, por “CCT Nº 273/96”.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que el Departamento de Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación a la DI-2024-138-APN-DTRT#MCH. Posteriormente procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Pedro Diego Frankenthal

e. 09/05/2025 N° 28562/25 v. 09/05/2025

Fecha de publicación 09/05/2025