AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 1172/2025
RESOL-2025-1172-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2025
VISTO el Expediente EX-2025-29260761–APN-DNAYAE#AND, la Ley N° 13.478 y sus normas modificatorias, los Decretos N° 432 del 15 de mayo de 1997 y sus normas modificatorias y complementarias, N° 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 9° de la Ley N° 13.478 y sus normas modificatorias se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a otorgar, en las condiciones que fije la reglamentación, una pensión no contributiva a toda persona sin suficientes recursos propios, no amparada por un régimen de previsión e imposibilitada para trabajar.
Que mediante el Anexo I aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 432/1997 y sus normas modificatorias se reglamentaron los requisitos para la tramitación, otorgamiento, liquidación, suspensión y caducidad de las prestaciones no contributivas por invalidez laboral.
Que por el Decreto N° 698/2017 se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, con competencia en el diseño, coordinación y ejecución de políticas públicas en materia de discapacidad y en la gestión del otorgamiento de las pensiones no contributivas por invalidez laboral.
Que la Resolución N° 187/2025 de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD aprobó el Baremo para la evaluación médica de invalidez de las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral.
Que, con posterioridad a su entrada en vigencia, se han identificado diversas observaciones y oportunidades de mejora en los criterios de evaluación contenidos en dicho Baremo, especialmente en lo referido a la incorporación de referencias a normativas internacionales.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE APOYOS Y ASIGNACIONES ECONÓMICAS, mediante informe identificado como IF-2025-39652014-APN-DNAYAE#AND, ha recomendado su revisión y la elaboración de una nueva propuesta que actualice los criterios técnicos y metodológicos para la evaluación de la invalidez laboral.
Que, en esta primera instancia, corresponde proceder exclusivamente a la derogación de la Resolución N° 187/2025 (RESOL-2025-187-APN-DE#AND) de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 698/2017 y sus modificatorios, y N° 96/2023.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 187/2025 (RESOL-2025-187-APN-DE#AND) de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diego Orlando Spagnuolo
e. 13/05/2025 N° 31058/25 v. 13/05/2025
Fecha de publicación 13/05/2025