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13 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 335/2025

Resolución RESOL-2025-335-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1990

Expediente EX-2020-33588499-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 9 de MAYO de 2025

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud para la emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la Ampliación a la Capacidad de Transporte de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a requerimiento de la Dirección Provincial de Energía de la Provincia de BUENOS AIRES, consistente en el seccionamiento de línea de 132 kV entre la Estación Transformadora (ET) San Antonio de Areco - Derivación “T” a Campana/Villa Lía; Construcción de las nuevas EETT San Andrés de Giles y San Antonio de Areco Sur; y construcción del tramo de Línea de Alta Tensión (LAT) de 132 KV entre ambas EETT y equipos complementarios. 2.- Las publicaciones ordenadas en el artículo precedente de esta resolución se realizarán mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por CINCO (5) días hábiles administrativos, también se publicará por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, (Publicar en la Provincia de BUENOS AIRES, Localidades de San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, Villa Lía y Campana), de no contar con medios en esas locaciones, se deberá publicar en un diario de circulación nacional, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados o proyecto alternativo al del solicitante, se considerará otorgado el CCyNP referido en el artículo 1 y se comunicará a las partes. 5.- Establecer que, una vez otorgado el CCyNP se procederá a indicar dicha condición en el “Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución” de la página de internet del ENRE y se informará a las partes. 6.- TRANSBA S.A. deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, conforme a sus respectivas presentaciones y anexos, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 7.- Una vez otorgado el CCyNP, TRANSBA S.A. deberá iniciar ante el ENRE, en una nueva actuación, las tramitaciones para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) a su favor, conforme los términos de la Ley N° 19.552 y del artículo 83 de la Ley N° 24.065; siendo la responsable final de acreditar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan de los artículos 4 y 6 de la citada Ley N° 19.552. 8.- Hacer saber que, una vez que se encuentren en servicio las instalaciones mencionadas, el responsable de las instalaciones deberá comunicarle al ENRE su puesta en servicio y dar cumplimiento a la Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022 y complementarias. 9.- Notifíquese a TRANSBA S.A., a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.), a CAMMESA, a la Dirección Provincial de Energía de la Provincia de BUENOS AIRES y a la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE). 10.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando. -

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 13/05/2025 N° 30733/25 v. 13/05/2025

Fecha de publicación 13/05/2025