ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 354/2025
Resolución RESOL-2025-354-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1992
Expediente EX-2018-28656337-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 20 de MAYO de 2025
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte del Parque Eólico Del Nuevo Sur, con una potencia de 92,4 MW, situado dentro del predio ubicado a la vera de la Ruta Nacional N° 22, del Departamento de Pichi Mahuida, Provincia de RÍO NEGRO. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento del plazo fijado en el artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1, y se informará esta situación tanto en el Registro Informativo de Accesos al Sistema de Transporte y Distribución, en la página de Internet del ENRE, como así también a las partes. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE RÍO NEGRO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDERSA S.A.) obrantes en el expediente, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 6.- Hacer saber a la distribuidora y a la transportista que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA) implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022, deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998 y con la Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras). 7.- Notifíquese a PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (PARQUE EÓLICO DEL NUEVO SUR S.A.), a EDERSA, a CAMMESA y a la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE). 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Ing. Osvaldo Ernesto Rolando. -
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 21/05/2025 N° 33647/25 v. 21/05/2025
Fecha de publicación 21/05/2025