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22 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

Resolución 316/2025

RESOL-2025-316-APN-DIRECTORIO#ENARGAS

Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2025

VISTO el Expediente N.° EX-2025-43928109- -APN-GDYE#ENARGAS; la Ley N.° 24.076 y su Decreto Reglamentario N.° 1738/92; las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución; la Resolución N.° RESOL-2025-261-APN-DIRECTORIO#ENARGAS; y

CONSIDERANDO:

Que, en la Resolución Nº RESOL-2025-261-APN-DIRECTORIO#ENARGAS se estableció, en su Artículo 1°, “Aprobar la Revisión Quinquenal de Tarifas correspondiente a GAS NEA S.A. en los términos del Anexo N.° IF-2025-45099862-APN-GDYE#ENARGAS que forma parte de la presente Resolución”.

Que, luego, la Gerencia de Desempeño y Economía del Organismo señaló, a través del Informe N.° IF-2025-52760760-APN-GDYE#ENARGAS, que había detectado errores materiales en los insumos utilizados para calcular el Requerimiento de Ingresos. En particular, se detectaron inconvenientes en la consideración de la demanda proyectada, tanto de gas natural como propano indiluido por redes, lo cual impacta en los ingresos de la Licenciataria.

Que, en virtud de esta corrección, y tomando en cuenta que dicha adecuación impacta en el cálculo del Requerimiento de Ingresos y el cálculo de las tarifas máximas a aplicar durante el quinquenio, corresponde por tanto adecuar el requerimiento de ingresos. Como resultado de dichas adecuaciones, se ha obtenido una nueva estimación del monto del Requerimiento de Ingresos de la Licenciataria para el quinquenio, que resulta necesario para una prestación adecuada del servicio, el cumplimiento del plan de inversiones propuesto y una remuneración justa y razonable al capital invertido, del que se da cuenta en el Anexo del presente Informe.

Que, para recuperar el requerimiento de ingresos, el modelo tarifario define un “Factor de Reposicionamiento”, indicando el porcentaje que deben aumentar el ingreso de acuerdo a las tarifas actuales para obtener los ingresos requeridos durante el quinquenio, alcanzando para la Licenciataria un valor de 19,3%.

Que el Servicio Jurídico Permanente de este Organismo tomó la intervención que por derecho corresponde.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo normado por los artículos 38, 39, 41, 42 y 52 inciso f) de la Ley N.° 24.076 y su Reglamentación, lo dispuesto por los Decretos DNU N.° 55/2023 y N.° 1023/24, la Resolución N.° RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC; y el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Aprobar la Síntesis del resultado de la Revisión Quinquenal Tarifaria de GAS NEA S.A., y sustituir el Anexo N.° IF-2025-45099862-APN-GDYE#ENARGAS de la Resolución N.° RESOL-2025-261-APN-DIRECTORIO#ENARGAS por el Anexo Nº IF-2025-52745097-APN-GDYE#ENARGAS que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º: Notificar a GAS NEA S.A. de conformidad a lo dispuesto por el artículo 41 del Decreto N.° 1.759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3°: Registrar; comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.

Carlos Alberto María Casares

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/05/2025 N° 33901/25 v. 22/05/2025

Fecha de publicación 22/05/2025