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23 de Mayo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN REGIONAL MERCEDES

Disposición 49/2025

DI-2025-49-E-AFIP-DIRMER#SDGOPII

Mercedes, Buenos Aires, 22/05/2025

VISTO, las modificaciones del artículo 95 de la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones) y el artículo sin número incorporado a continuación del artículo 62 del Decreto 1397/79, reglamentario de la ley citada, y

CONSIDERANDO:

Que por la normativa citada en el VISTO se faculta el nombramiento de Oficiales de Justicia “Ad Hoc”.

Que el jefe de la Agencia Luján (DI RMER) dependiente de esta Dirección Regional Mercedes, Cont. Púb. Zunino, Juan Manuel CUIL 20-31421778-1 y Legajo N° 041968/01, solicita la designación de un (1) Oficial de Justicia “AD HOC” en la Agencia Luján por los argumentos plasmados en e-mail de fecha 19/05/2025, y propone para el cargo al agente Osorio, Martín Adrián CUIL 20-26749975-7 - Legajo 046387/09.-

Qué razones de orden funcional aconsejan la designación propuesta.

Que lo propiciado es aceptado por quien suscribe el presente acto, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por DI-2018-7-AFIP-AFIP _ Delegación de Facultades, y acorde a lo dispuesto en los artículos 6° y 7° del Decreto N° 953/2024, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL MERCEDES DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO

DISPONE

ARTÍCULO 1°- Designar como Oficial de Justicia “AD HOC” al agente Osorio, Martín Adrián CUIL 20-26749975-7 - Legajo 046387/09, para que desempeñe las funciones previstas en el artículo 95 de la Ley N°11683 t.o. en 1998 y sus modificaciones, dentro de la jurisdicción de la Agencia Luján (DI RMER) dependiente de la Dirección Regional Mercedes.-

ARTICULO 2°- El Oficial de Justicia “Ad Hoc” designado en el artículo precedente, deberá dar cumplimiento a la aceptación expresa del cargo conforme lo previsto en el artículo agregado a continuación del artículo 62 del Decreto 1397/79 (Decreto N°65/05).

ARTICULO 3°- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y remítase a la División Administrativa (DI RMER) para su notificación y registro en el sistema SARHA; archívese.

Luciano Esteban Botto Rostom

e. 23/05/2025 N° 34494/25 v. 23/05/2025

Fecha de publicación 23/05/2025